Jubilado en delegación en Anses

Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993. El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente […]

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993.

El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente a su domicilio y obtener la clave fiscal y ingresar a www.afip.gov.ar SICAM y declarar su situación de revista calculando periodos prescriptos y deuda a ingresar y obtener el plan y comenzar a pagar.

Luego solicitar un turno telefónico en ANSeS al número 0800-222-6737 para iniciar el trámite de la jubilación, al concurrir al mismo deberá llevar junto con toda su documentación:

  • Acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP.
  • Formulario de declaración jurada F. 159. y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

En la primera etapa, la moratoria debe abonarse regularmente y hay que continuar pagando en forma directa hasta el inicio del trámite de jubilación. Luego empezará a descontarse del haber mensual.

Se deberá tener en cuenta que se deberán pagar tanto la primera cuota, requisito indispensable para iniciar la prestación, como las sucesivas cuotas del plan por el que hubieran optado cuyos vencimientos se hubiesen operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio

258 comentarios en “Moratoria para acceder a la jubilación”

  1. Estimados,

    Si bien no soy abogado hace un año y algunos meses me aceptaron el expediente de jubilacion de mi mama que es monotributista y pensionada. Hace 3 meses lo pasaron a estado 15-resolucion luego de estar parado un año. Quiero hacer un pronto despacho, alguien sabe si hay que pedir turno para presentarlo o voy directamente y me lo reciben en una mesa de entradas ?

    Gracias. Saludos,

  2. Hola Beatriz:

    Tenes que sacar la clave fiscal en la AFIP luego ingresar a la pagina http://www.afip.gov.ar y calcular el SICAM los datos los tenes que cargar por los años que no realizo aportes entre julio 1966 hasta septiembre 1993 despues de haber cumplido 18 años y mirando que en esos años no se superpongan los que realizo aportes ok

    gracias

  3. hola mi mama nacio el 7/6/1948 o sea que ya cumplio 60 años,la edad para jubilarse,la pregunta es ¿como calculo el sicam?

  4. Graciela, al beneficio al que me referia es al realizar la moratoria para poder inicar la jubilacion y una vez que se la otorguen, que la cuota le venga descontada. Esto seria posible?

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