Jubilado en delegación en Anses

Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993. El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente […]

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993.

El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente a su domicilio y obtener la clave fiscal y ingresar a www.afip.gov.ar SICAM y declarar su situación de revista calculando periodos prescriptos y deuda a ingresar y obtener el plan y comenzar a pagar.

Luego solicitar un turno telefónico en ANSeS al número 0800-222-6737 para iniciar el trámite de la jubilación, al concurrir al mismo deberá llevar junto con toda su documentación:

  • Acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP.
  • Formulario de declaración jurada F. 159. y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

En la primera etapa, la moratoria debe abonarse regularmente y hay que continuar pagando en forma directa hasta el inicio del trámite de jubilación. Luego empezará a descontarse del haber mensual.

Se deberá tener en cuenta que se deberán pagar tanto la primera cuota, requisito indispensable para iniciar la prestación, como las sucesivas cuotas del plan por el que hubieran optado cuyos vencimientos se hubiesen operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio

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258 comentarios en “Moratoria para acceder a la jubilación”

  1. yo tengo mi papa de 55 años,que aporto durante 24 años como conductor de colectivo, por lo cual le faltan 6 años para la jubilación por el despido no pudo encontrar mas un trabajo como chofer(23/12/1999)a la actualidad.yo necesitaría saber si el tiene que pagar algo en donde y como,que documentos necesito desde ya muchisimas gracias por sus amabilidad.

  2. Hola quería consultar porque mi padre tiene 64 años y 27 de aportes le faltan 3 años puede jubilarse ahora?va a comprar un plan creo de 20 pesos por mes.puede ser?y cuando le salga este trámite le pagan retroactivo o tiene que terminar de pagar el plan?muchas gracias por su buen aporte e información al ciudadano.

  3. BUENOS DIAS, MI CONSULTA ES, MI EMPLEADA EN ENERO 2012 CUMPLE 60 AÑOS, SE QUIERE JUBILAR Y NO TIENE NINGUN APORTE. TRABAJA EN CASA HACE 13 AÑOS PERO DURANTE 9 AÑOS LO HIZO DE 10 A 12 HORAS POR SEMANA Y LE PAGABA POR DIA, Y A PARTIR DEL AÑO 2007 COMENZO TODOS LOS DIAS 20 HORAS SEMANALES Y LE PAGO MENSUAL, PARA HACERLE LOS APORTES CORRESPONDE QUE LO HAGA DESDE EL 2007 O CUANDO INGRESO EN 1997.
    SIEMPRE ME DIJO QUE SE JUBILARIA COMO AMA DE CASA Y AHORA LO QUIERE HACER COMO EMPLEADA DOMESTICA, POR ESA RAZON NO SE LA HACIAN LOS APORTES.

  4. hola queria saber : soy pensionada , como puedo jubilarme sin tener aportes pero no por ama de casa . gracias .

  5. hola Esther!!!
    No se si ya resolviste tu problema, pero segun como lo planteas podes entrar en la moratoria pero va desde que cumpliste los 18 años hasta el 9 del 93. entonces tenemos del 1968 si no me equivoco cuando cumpliste los 18 al 09/1993 son 24 años 9 meses que te cubre la moratoria y lo que te falta para cumplir los 30 años de servicio lo tenes que pagar al contado.
    Espero que te se de ayuda.
    Saludos.

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