Jubilado en delegación en Anses

Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993. El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente […]

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993.

El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente a su domicilio y obtener la clave fiscal y ingresar a www.afip.gov.ar SICAM y declarar su situación de revista calculando periodos prescriptos y deuda a ingresar y obtener el plan y comenzar a pagar.

Luego solicitar un turno telefónico en ANSeS al número 0800-222-6737 para iniciar el trámite de la jubilación, al concurrir al mismo deberá llevar junto con toda su documentación:

  • Acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP.
  • Formulario de declaración jurada F. 159. y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

En la primera etapa, la moratoria debe abonarse regularmente y hay que continuar pagando en forma directa hasta el inicio del trámite de jubilación. Luego empezará a descontarse del haber mensual.

Se deberá tener en cuenta que se deberán pagar tanto la primera cuota, requisito indispensable para iniciar la prestación, como las sucesivas cuotas del plan por el que hubieran optado cuyos vencimientos se hubiesen operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio

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258 comentarios en “Moratoria para acceder a la jubilación”

  1. Con las modificaciones que se sucedieron en estos dias tambien se modifico la moratoria 9/1993 o aun debo esperar yaque naci en 8/1947 y me estarian faltando 2 años de aportes que deberia pagar de contado y si no recien a los 64 años tendria derecho a jubilarme de acuerdo al art 19 de compensacion, ya que la moratoria anses no me habilita y si afip si pago al contado y no puedo. atte

  2. Tengo 53 años y 28 de aportes. Me faltarian 2 años para los 30 requeridos. Actualmente no estoy trabajando en relacion de dependencia, que me conviene hacer para completar esos dos años?? gracias

  3. tengo 56 años y 33 de aportes en la pcia.de e.rios.cuantos años puedo comprar para jubilarme se jubilan en e.rios con62 años de edad y 30 de aportes

  4. GRACIELA GRACIAS SI SON LOS UNICOS AÑOS QUE TENGO PAGADOS ,DECIS QUE TENGO QUE IR A ANSES A STA ROSA LA PAMPA DONDE ESTOY RADICADA O SEA SOY DE JACINTO ARAUZ Y STA ROSA ES DONDE ESTA ANSES BUENO SI VOY A IR LUEGO TE COMENTO GRACIAS

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