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EMPLEADOS DE COMERCIO NUEVOS BÁSICOS

El día 8 de abril el sindicato de Empleados de Comercio, y las Cámaras de Comercio y empresarios firmaron un acuerdo en el Ministerio de trabajo con el incremento salarial de un 20% escalonado 8% a partir de abril de 2008, 6% a partir de julio de 2008 y el 6% a partir de septiembre mas la suma de $100.- por mes los porcentajes y la suma fijas se pagaran en forma no remunerativa, sobre esos importes en el mes de junio de 2008 se abonara el 25% y en el mes de diciembre de 2008 el 50% también en forma no remunerativas. Se acordó  que: El 23% no remunerativo que se venia pagando desde junio del 2007, pasara al […]

El día 8 de abril el sindicato de Empleados de Comercio, y las Cámaras de Comercio y empresarios firmaron un acuerdo en el Ministerio de trabajo con el incremento salarial de un 20% escalonado 8% a partir de abril de 2008, 6% a partir de julio de 2008 y el 6% a partir de septiembre mas la suma de $100.- por mes los porcentajes y la suma fijas se pagaran en forma no remunerativa, sobre esos importes en el mes de junio de 2008 se abonara el 25% y en el mes de diciembre de 2008 el 50% también en forma no remunerativas. Se acordó  que:

  1. El 23% no remunerativo que se venia pagando desde junio del 2007, pasara al básico, acordándose nuevos básicos que empezaran a regir a partir del 1º de  abrilde 2008.
  2. A partir del mes de junio de 2008 se pagara el 05% por año de antigüedad.
  3. A partir de abril de 2009 los montos no remunerativos pasaran a formar parte del básico.
  4. Las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser incrementadas con la asignación complementaria establecidas por le articulo 40º del convenio Nº 130/75
MAESTRANZA
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1051.75 1293.65 1293.65 1652.38
B 1057.36 1300.56 1300.56 1660.67
C 1077.02 1324.74 1324.74 1689.69
ADMINISTRATIVO
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1072.81 1319.56 1319.56 1683.47
B 1081.24 1329.92 1329.92 1695.9
C 1089.66 1340.28 1340.28 1708.34
D 1114.94 1371.37 1371.37 1745.65
E 1136.00 1397.28 1397.28 1776.73
F 1166.89 1435.28 1435.28 1822.33
CAJEROS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1079.83 1328.19 1328.19 1693.83
B 1089.66 1340.28 1340.28 1708.34
C 1102.30 1355.83 1355.83 1726.99
PERSONAL AUXILIAR
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1079.83 1328.19 1328.19 1693.83
B 1093.87 1345.46 1345.46 1714.56
C 1140.21 1402.46 1402.46 1782.95
AUXILIAR ESPECIALIZADO
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1096.68 1348.92 1348.92 1718.70
B 1121.96 1380.01 1380.01 1756.01
VENDEDORES
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
A 1079.83 1328.19 1328.19 1693.83
B 1121.96 1380.01 1380.01 1756.01
C 1136.00 1397.28 1397.28 1776.73
D 1166.89 1435.28 1435.28 1822.33
MENORES   JORNADA DE 6 HORAS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
años Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
14 999.79 1229.74 1229.74 1575.69
15 1004.00 1234.93 1234.93 1581.91
16 1008.22 1240.11 1240.11 1588.13
17 1016.64 1250.47 1250.47 1600.56
MAESTRANZA Y SERVICIOS JORNADA DE 8 HORAS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
años Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
16 A 1025.04 1260.83 1260.83 1613.00
16 B 1026.47 1262.56 1262.56 1615.07
16 C 1027.64 1264.00 1264.00 1616.80
17 A 1029.28 1266.01 1266.01 1619.22
17 B 1030.68 1267.74 1267.74 1621.29
17 C 1031.82 1269.14 1269.14 1622.96
MAESTRANZA Y SERVICIOS JORNADA DE 8 HORAS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
años Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
16 A 1025.04 1260.83 1260.83 1613.00
16 B 1026.47 1262.56 1262.56 1615.07
16 C 1027.88 1264.00 1264.00 1616.80
16 D 1029.28 1264.00 1264.00 1619.22
17 A 1029.28 1266.01 1266.01 1619.22
17 B 1030.68 1267.74 1267.74 1621.29
17 C 1032.49 1269.14 1269.14 1622.96
17 D 1033.49 1271.20 1271.20 1625.43
PERSONAL AUXILIAR    JORNADA DE 8 HORAS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
años Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
16 A 1026.47 1262.56 1262.56 1615.07
16 B 1027.88 1264.29 1264.29 1617.14
17 A 1030.68 1267.74 1267.74 1621.29
17 B 1032.09 1269.47 1269.47 1623.36
PERSONAL AUXILIAR ESPECIALIZADO   JORNADA DE 8 HORAS
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
años Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
16 A 1027.88 1264.29 1264.29 1617.14
16 B 1029.28 1266.01 1266.01 1619.22
17 A 1035.00 1273.05 1273.05 1627.66
17 B 1036.29 1274.63 1274.63 1629.56
ADICIONALES
Básico Inicial Básico Inicial Sumar el 0.5% por año de Antigüedad
Diciembre/2006 hasta marzo/2008 Abril 2008 Junio 2008 Abril 2009
ARTICULO 23º POR ARMADO DE VIDRIERAS: 42.97 52.85 52.85 67.26
ARTICULO CAJEROS A y C: 132.28 162.70 162.70 207.49
30º CAJEROS B: 523.04 643.33 643.33 820.00
ARTICULO AYUDANTE Por los primeros 100 Km.. de la sede del empleador 0.09 0.11 0.11 0.14
36º DE CHOFER Más de 100 kms. 0.11 0.13 0.13 0.17
ARTICULO CHOFER Por los primeros 100 kms. de la sede del empleador 0.11 0.13 0.13 0.17
36º Más de 100 kms. 0.13 0.16 0.16 0.20

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535 comentarios en “EMPLEADOS DE COMERCIO NUEVOS BÁSICOS”

  1. PERDON MI INSISTENCIA, ENTONCES ANSES PAGA EL SUEDO BRUTO MAS TODO LO NO REMUNERATIVO QUE VIENEN COBRANDO? O LO NO REMUNERATIVO LO PAGO YO COMO EMPLEADORA?

    1. Luciana:

      Para mi modo de ver, corresponde el pago total remunerativo y no remunerativo, como antes ANSeS pagaba esta asignacion de acuero al 931 y ahi no figuraba lo no remunerativo, se decia que alguien lo tienia que pagar, si no lo hacia ANSeS lo tenia que hacer el empleador, ahor acon la opcion de poner en el 931 el sueldo que le correspondia cobrar de haber trabajado, se ponen el sueldo de la trabajadora, inclusive si llegase en ese periodo a surgir algun aumento,lo debe pagar ANSeS

  2. Graciela, buenos dias, te molesto para consultarte lo siguiente: El proximo lunes una empleada ( de comercio) entra en licencia por maternidad, tengo entendido que como estamos en suaf, anses le paga el sueldo por 3 meses bruto, ahora mi consulta es la siguiente, lo que se viene abonando NO remunerativo y los $300 del acuerdo de ahora, quien los paga? Anses , yo o no se paga??Gracias por tu tiempo.
    Saludos
    Luciana

  3. somos4 admin b 2 x7hs y 2 por 6 queriamos saber cuanto nos tocaria de basico,ysi los acuerdos pasan al basico o a donde

  4. hola graciela y gracias nuevament, disculpa mi ignorancia pero no entiendo q queres decir preguntar en forma completa igual lo q yo quiero saber cto es el basico por una jirnada de 4 horas siendo vendedora B en una fiambreria si no espero a qsalga el acuerdo homologado para preguntar mas adelante, y la verdad como se si pertenezco al convenio si estoy en negro??
    Mil gracias y la pagina esta muy interesante

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