El Banco Central de la República Argentina ha flexibilizado el funcionamiento de las casa y agencias de cambio de moneda extranjera. Estas podrán abrir sucursales en diferentes tipos de locales, tales como bares, restaurantes, negocios de turismo y hoteles, pudiendo funcionar las 24 horas de los 365 días del año. A su vez se redujeron los requisitos de garantías y capital mínimo de habitación.
El jueves 3 de noviembre, el BCRA aprobó una reforma al régimen de agencias, casa y oficinas de cambio de dólares, euros y reales entre otras monedas extranjeras, flexibilizando su funcionamiento y eliminando restricciones que impedían la libertad cambiaria.
Los tres objetivos concretos de esta reforma son:
- Aportar de mayor competencia al negocio cambiario, reduciendo así los márgenes de intermediación.
- Pasar las operaciones del sector informal al formal.
- Aumentar la disponibilidad de ventanillas para realizar operaciones de cambio, facilitando las transacciones particularmente para los turistas extranjeros que visitan Argentina.
Para llegar a cumplir con estos objetivos, el BCRA simplificó los requisitos para abrir casas de cambio y para que instalen sucursales, reduciendo los requerimientos de garantías y capitales mínimos.
Cabe señalar que si bien seguirá siendo obligación pedir autorización al Banco Centra para iniciar actividades, ya no habrá que esperar a la habilitación de la autoridad, sino que solo informarlo.
A su vez, los bancos autorizó a que operen en este segmento como actividad complementaria, por lo cual podrán ser dueños de casas de cambio, cosa que hasta el momento estaba prohibido. Las entidades financieras podrán instalar puestos en agencias de turismo, hoteles, restaurantes, shoppings, empresas de alquiler de vehículos, etc.
Por otro lado, las empresas que estén vinculadas al turismo podrán hacer operaciones cambiarias de manera independiente, sin existir restricciones en los honorarios de atención al público.
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