La Provincia de Santa Fe permite a las mujeres santafecinas solicitar una Pensión de Madres Solteras (Ley 5110). Dicha prestación es otorgada por el Gobierno Santafecino a las mamás que se encuentren en alta vulnerabilidad económica social; que no estén casadas, sean viudas o hayan sido abandonadas por su pareja; y que tengan uno o más hijos menores de 16 años de edad a su cargo.
La solicitud de la Pensión de Madres Solteras en Santa Fe se puede hacer por aquellas mamás de hijos menores de 16 años que han quedado en la pobreza o la indigencia por diversos motivos. Con este beneficio, el Gobierno de la Provincia les brinda una ayuda económica para que puedan cubrir las necesidades básicas de sus niños.
Los requisitos para solicitar una Pensión de Madres Solteras son los siguientes:
- Ser madre de uno o más hijos menores de 16 años de edad.
- Ser viuda, soltera o abandonada.
- No contar con bienes a su nombre, sueldo, rentas ni ningún tipo de recurso que permita su subsistencia.
- No cobrar una jubilación, pensión o subsidio de cualquier naturaleza. En caso de hacerlo, dicha prestación no puede ser mayor al monto establecido por la Ley 5110.
- Acreditar en forma sumaria y fehaciente el estado de necesidad.
- No tener familiares obligados a brindarle alimentación, ya sea que convivan o no con él, o, en caso de tenerlos, que no estén en condiciones de hacerlo.
- Tener residencia en la Provincia de Santa Fe.
Los datos y la documentación requerida para tramitar la Pensión de Madres Solteras es la siguiente:
- Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada uno de los miembros de la familia, quienes deben tener el mismo domicilio.
- Fotocopia de la Partida de Nacimiento actualizada de los menores de edad.
- Copia de la Libreta de Casamiento o de familia; o Acta de Matrimonio, si corresponde.
- Certificado escolar de cada uno de los hijos.
- Fotocopia de sentencia de divorcio de la madre, si corresponde.
- Fotocopias de los últimos recibos de haberes o ticket de plan social de los mayores de 21 años convivientes, si corresponde.
- Números de DNI, recibos de haberes y localidad de residencia de familiares obligados a brindar asistencia a los menores de edad (padres, abuelos, hijos, hermanos o cónyuge).
- Número de teléfono de contacto.
La solicitud de la Pensión de Madres Solteras es gratuita y debe efectuarse en la Casa Central (Obispo Gelabert 2950, Santa Fe) o en cualquiera de las delegaciones del interior de la Provincia.
Las personas interesadas en obtener más información sobre la prestación pueden comunicarse, de lunes a viernes en el horario de 7 a 13 horas, a las líneas 54- 342- 4573178, 4573179, 4573180 ó 4573181.
Un dato a tener en cuenta es que no es necesario contratar un gestor para hacer el trámite.
Los formularios requeridos para hacer el trámite son los siguientes:
- Ficha de filiación.
- Circular de Antecedentes Policiales.
- Formulario de conformidad para requerir antecedentes policiales.
- Estudio socioeconómico.
- Ampliación de Datos de Familiares Convivientes y Obligados.
- Solicitud de Requisitos Faltantes.
Los formularios pueden ser completados por el personal del organismo o por los trabajadores de las Municipalidades o Comunas autorizados por el convenio con la Caja.
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Hola me gustaría que me ayudarán a tener la pensión de madre soltera, tengo un hijo de 7 años y soy madre soltera y no cuento con ayuda ni nadia ya que el padre nunca se iso cargo
Yo tengo 7 hijos 6 vivos y un fallecido todos grandes .el cual 5 tienen su familia y en casa tengo a mi hija discapasitada no vidente .mis hijos no me pueden alludar .puedo tramitar dicha pensión tengo 58 y nunca se me dio por preguntar les agradecería una respuesta y donde la tengo que tramitar muchas gracias .
Susana Fijate este articulo es la misma dirección http://www.econoblog.com.ar/21788/como-y-donde-tramitar-la-pension-contributiva-por-discapacidad/