A partir de diciembre de 2005 fueron puesta a disposición medidas para beneficiar al empleador del personal contratado para servicios domésticos y a su vez beneficiar al trabajador.
Los beneficios para el trabajador son:
- Cobertura de salud.
- El día de mañana acceder a su jubilación.
Los beneficios del empleador son que podrá deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias lo que abone a su trabajador como retribución por su trabajo y las contribuciones de la seguridad social, topes:
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2005 hasta $4.020.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2006 hasta $6.000.-
- En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2007 hasta $7.500.-
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Graciela, donde se encuentra escrito, en que ley o decreto para poder constatarlo, ya que por menos de 15 dias no llega al año de antiguedad y no le corresponden vacaciones.-
Gracias
Hola Luciana:
Si no cumplio el año ninguno.
gracias
Graciela, te consulto lo siguiente, tengo una empleada domestica ingreso el 13/11/2007 a trabajar, y renuncio el 31/10/2008.-
Cuantos dias le corresponden de vacaciones, si no cumplio el año de antiguedad?.-
Gracias
Hola Evangelina:
Que yo sepa ninguno
Gracias
Hola Graciela!
Tengo algun beneficio por contratar una empleada domestica con discapacidad?
Muchas Gracias
Eva