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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

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458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Tengo una persona que me limpia y cuida a los chicos cuando salgo que trabaja todos los dias de la semana 8 hs diarias y despues se va a su casa, en que categoria va en la 3era o en la 5ta?? la ley no aclara para la 3er categoria si es con o sin retiro

    gracias

  2. Quisiera consultar por el salario que debo abonarle a una persona (con aportes) que cumple un horario de lunes a viernes de 9 a 19 hs (10 horas diarias), con retiro, que realiza tareas domésticas (de limpieza), cocina y acompaña a una persona mayor. Desde ya, muchas gracias.

  3. Como se calcula el salario minimo si la empleada trabaja mas de 8 horas (con retiro). Por ejemplo, 10.5 hs? Aplica el mismo que para la de 8 hs? Gracias

  4. Hola Graciela,

    tengo una empleada que trabaja 3 días a la semana 7 u 8 horas por día . Ella limpia, cocina y cuida a mi nene de 1 año cuando está enfermo. Ella trabaja en otras casas y está blanqueada. Cuánto debería pagarle?

    Muy útiles tus consejos!

    saludos

  5. hace 5 años que trabajo en servicio domestico, trabajo 3 veces por semana yhace 2 meses avise que yo ya no iva a seguir trabajando mis jefes lo tomaron bien.Ahora mi pregunta es ¿me corresponde cobrar algo mas que el pago de mi sueldo?($300)sin contar que jamas tube vacaciones ni aguinaldos, tampoco ningun veneficio de los que un empeadodeve de gozar

    1. lily

      Si trabajas 3
      dias no cumplis los requisitos para el Regimen de Servicio domestico, 4 horas como minimo 4 dias a la semana, debiendo minimamente cumplirse los dos

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