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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Hola Graciela, soy niñera, vivo en Rosario y trabajo:
    lunes, miércoles y viernes de 8:30 a 14
    Martes y jueves de 9 a 14

    Cuánto debería cobrar? Cuido a un nene y cocino al mediodía para él y los padres.

  2. gracias Graciela!!
    entonces no tengo obligaciones como empleador.
    Esta pagina es de consulta permanente en mi lugar de laburo.

    Saludos

  3. buenas tardes, mi nombres es marisa, tengo una duda. trabajo de 7 hrs de lunes a viernes, y si hay dias feriados durante la semana,me corresponde de igual manera cobrar esos dias de feriados por màs que no asista al lugar de trabajo?gracias.

  4. Graciela.
    Te vuelvo a consultar mi duda.
    Si mi empleada trabaja menos de 6 horas semanales y no le corresponde el Regimen de S.Domestico.
    En que Regimen se encuadra este trabajador ?
    Que recaudos debo tener para evitar un reclamo de dinero si renuncia o la despido ?
    Gracias Graciela !

  5. Buen dia, tengo una persona que trabaja en capital federal de lunes a viernes de 12 a 18 hs haciendo tareas generales de la casa, ademas de cuidad a mis hijos. Cual sería la categoría que corresponde se le abone? Seria el proporcional de 6 horas? tomando una jornada de 8 o 9 horas diarias? Muchas gracias
    Veronica

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