Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | A partir de Noviembre de 2009 | |
Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | |
Por hora | $10.27 | ||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. | $ 673.78 | ||
Por cada hora de excedencia | $10.27 |
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Hola Graciela mi consulta es por una empleada domestica trabaja de Lunes a Viernes de 8 a 12hs y martes y jueves de 16 a 20hs mi duda es como le liquido las horas de la tarde le tengo que pagar 10,27 por hora me podrias dar un ejemplo
susana
No pones las tareas pero suponemos niñera y limpieza $1537.54/2=$768.77 por 88 horas al mes, que serian las 4 horas de la mañana. Mas $10.27 por cada hora de la tarde
disculpame la insitencia pero no me queda claro. Porqué dividido 2? ello corresponderia a 4 horas de trabajo diario, incluso los sabados? Muchísimas gracias
cristinab
No equivale a trabajar 88 horas al mes
Graciela. A ver si entiendo bien. Para abonar a una señora que trabaja de lunes a viernes 7 hs. (limpieza y chicos), debo pagar el sueldo según categoría, proporcionando las horas efectivamente trabajadas según las 176 del Serv. Domestico? es decir, Tercer cat. pagaría $1502,14/140 hs.?? muchas gracias
cristinab
El sueldo se proporciona 1502.14/2=$751.07 mas $10.27 por cada hora excendete
Buenas tardes, gracias por la respuesta, Soy Marisa.
Te vuelvo a consultar otra cosa.
Yo actualmente cobro 450$ semanal por 7 hrs diarias de lunes a viernes, corresponde que me paguen los dias feriados en la semana sin trabajarlos estando en blanco?. graciasl.
nery
Feriados no habla nada el regimen de servicio doméstico, pero si trabajas mensual te deberian pagar
Hola Graciela,
Tengo una persona que trabaja en mi casa todos los dias 8hs por dia, me limpia y de vez en cuando si salgo cuida a mis chicos, en que categoria va en la 3era o en la 5ta?? la ley no aclara para la 3er categoria si es con o sin retiro y eso me hace dudar, por otro lado que personal entra dentro de la 5ta categoria, esta medio confuso
gracias
Vicky
No lo veo confuso si hace que haceres domestico y además cuida tus hijos ocrresponde el pago como niñera especializada, ahora y es cocinera, mucmas, niñera va en la TERCERA y se hace que haceres como ayudante de otra persona que hace las especialidades en personal con retiro. De nada