Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | A partir de Noviembre de 2009 | |
Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | |
Por hora | $10.27 | ||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. | $ 673.78 | ||
Por cada hora de excedencia | $10.27 |
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Que diferencia hay entre la categiria tercera y la quinta?
Gracias
Hola, quería saber si me pueden informar, cuanto sería estimativamente lo que debería pagarle a una persona, para que cuide a mi madre los días Sabados y Domingos (sin retiro)ademas de prepararle la comida a ella.
Este tipo de trabajo, estaría comprendido dentro de lo que es empleadas domesticas? De ser asi, le correspondería cobrar días x enfermedad y aguinaldo?
Muchas gracias por su atención y asesoramiento.
¿Cómo se liquidan las vacaciones de un empleado doméstico?
Gracias.
1) Tengo una empleada de lunes a viernes de 9 a 19 hs. Limpia, cocina y cuida persona mayor. Es categoría 5ª ? Cuanto debe aportar ella ?
2) Cuanto debo pagar para una empleada, por las mismas tareas por el fin de semana (de sábado 9hs. a lunes 9hs.) – Gracias
Graciela, gracias por la informacion, es bueno contar con alguien que nos asesore, un abrazo desde paraná, entre rios.-