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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. hola soy ana de mendoza, tengo un trabajo de cuidar a un nene de 2años y un mes,exactamente y llevo trabajando 22meses.trabajo de 08 de la mañana a 13 del medio dia,de lunes a viernes me pagan 800 y el micro me lo pagan ellos pero lo ponen en el recibo de sueldo osea que me lo incluyen en mi sueldo,lo pago yo.en vacaciones me traen dos nenes mas unas tres veces a la semana que son primos de el bb que cuido y tambien me los dejan por lo que mi duda es saber si me pagan lo que corresponde,y que debo hacer con la situacion de los otros nenes que me traen ya que es mi trabajo cuidarlos y no me pagan por ellos y tambien un compromiso y una responsabilidad
    espero su respuesta gracias

    1. ana clara

      Es importante saber el arreglo que hiciste con ellos cuando comenzaste hace dos años, si el trato era de que cuides un solo nene? si no esta en el trato arreglado te tienen que pagar aparte, peor lo tenes que arreglar con ellos. viaticos no se pagan aparte salvo que se haya arreglado. Yo te puedo decir un sueldo de niñera es de $ 751.07 y de niñera especializada es de $768.77 eso es por 88 horas, más $10.27 por cada hora excendete que hagas

  2. Graciela yo otra vez..como és la 1era.- vez que tengo que pagar vacaciones me quedó una duda, cuando ella regrese de sus vacaciones..yo debería pagárle el resto del sueldo x el mes de trabajo no..?? o sea..la otra mitád no..?? Gracias…

    1. Maribel

      Si vos le pagaste 10 dias de vacaciones, tenes que pagarle 20 dias trabajados, no se cual es tu anterior pregunta para responder necesito la pregunta completa

  3. Hola…
    Tengo una cuidadora hace mas de 1 año para mis padres, se toma vacaciones del 1/2 al 14/2 inclusive (10 días hábiles que le corresponden), yo le pago el sueldo los días 5 de cada mes, llego a pagárle sus vacaciones el 29/01 pero no voy a llegar al sueldo..puedo pagárle el resto a su vuelta..?? Gracias…

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