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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

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458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Estimada Graciela:

    No me queda claro leyendo la nueva escala salarial cuanto tiene que cobrar una persona que trabaja de mucama (no especializada) sin retiro. En la escala se lee que entra en la tercera categoría pero no discrimina si es con o sin retiro.
    Por otra parte, ¿es correcto que trabaje de 6hs. de la mañana del lunes a las 14hs. del día sábado?
    Desde ya muchas gracias!
    Saludos
    Mercedes

  2. Hola Graciela…
    Nuevamente YO, perdón pero releyendo tu respuesta del 19/01:
    El 29/01 le pagas el sueldo de enero mas 1500/25×10=$600 de vacaciones a fines de febrero le pagas 1500/30×20=$1.000
    No me quedó claro lo de pagarle $1.000.- a fines de febrero, yo le pago los días 5 de cada mes, éste importe de $1.000.-, sería como el próximo sueldo que le correspondería en vez de $1.500.- ?? Gracias…

  3. BUENOS DIAS GRACIELA
    MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE.
    SOY JUBILADA COBRO LA MINIMA 900 Y ALGO, PERO MIS HIJAS ME AYUDAN ECONOMICAMENTE.
    TENGO UNA EMPLEADA CAMA ADENTRO. ELLA HACE LA LIMPIEZA DE LA CASA 2 VECES POR SEMANAY LUEGO LA MANTIENE. EL LAVADO Y PLANCHADO 1 VEZ POR SEMANA. YO COCINO. SE RETIRA EL SABADO AL MEDIODIA Y REGRESA EL LUNES A LA MAÑANA.
    CUAL ES EL SUELDO QUE DEBO PAGARLE?
    DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA.

  4. Consulta:
    Hace 2 años que blanquee a mi empleada doméstica, hacía 8 años que trabajaba en negro con sueldos perfectamente pagos. Tiene derecho a reclamar por los años que trabajó sin estar registrada?
    Muchas Gracias

  5. Estimada Graciela:

    Te hago la siguiente consulta,en la casa de mi padre trabaja una señora con cama haciendo las tareas domésticas y compañia ya que es una persona mayor.
    Por diferenes razones hemos tomado la decisión de mudarnos a vivir nuevamente en esa casa, razón por la cuál ya no sería necesario que ella estuviera con cama ni trabajando tanta cantidad de horas.
    Cómo se hace para cubrirle a ella esa pérdida de horas, cómo se calcula la indemnización y que se hace con las vacaciones, siguen rigiendo por su antiguedad?
    O debo indemnizarla y volver a contratarla?
    Muchas gracias por tu respuesta, saludos

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