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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. hola graciela: podrias decirme ¿cuantos años tiene que trabajar el servicio domestico para jubilarse? desde ya gracias

  2. hola graciela: cuido una señora mayor y una vez a la semana limpio su casa y una vez a la semana le lavo la ropa.trabajo jueves,viernes,sabados y domingos en total 49 horas ¿cuanto tendria que cobrar por mes?

  3. hola graciela necesitaria si podrias guiarme: tengo 45 años hace 3 años que trabajo en la misma casa cuidando a una señora mayor solo de noche y me pagan $600 por mes y estoy en blanco con un aporte de $85,$86 y algo,¿podrias decirme en que categoria entro? por otro lado mi inquietud mas que nada es saber si me pagaran bien con el nuevo horario que me dieron:sera de jueves a domingos:en total a la semana trabajaria 72 horas a la semana y ademas me agregaron tareas domesticas y bañar a la señora,entonces ¿cuanto tendrian que pagarme? a otra cosita vivo a 30 cuadras del trabajo correponde que me paguen el cole,teniendo en cuenta que mi horario es de 21.00 de la noche hasta el otro dia a las 15.00 de la tarde y luego vuelvo a ingresar a las 21.00 ese mismo dia gastando en 6 pasajes de colectivo que cada uno sale $1.75,porfavor podrias decirme graciela cuanto tendrian que pagarme y en que categoria entro desde ya gracias

  4. Hola Graciela: Cuando te referis al sueldo de cocinera/mucama/niñera a cuantas horas de trabajo por dia te referis??
    Gracias

  5. TRABAJO LUNES,MIERCOLES,JUEVES,VIERNES DE 8 Y 7HS.DIARIAS CONSIDERO QUE ESTOY EN LA CUARTA CATEGORIA POR LO QUE ME CORRESPONDERIA UN 18& DE AUMENTO, PERO TENIENDO DUDAS RESPECTO DE LAS VACACIONES Y COMO LO PUEDO ENFRENTAR CON MIS JEFES SIN QUE TENGA QUE ESCUCHAR DE PARTE DE ELLOS «EL VIEJO CUENTO DE QUE EL CONTADOR ME DIJO» PARA QUE ME CONSIDEREN MIS BENEFICIOS, DONDE DEBO PRESENTARME O CON QUIEN CONSULTO?
    SALUDOS A TODOS.

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