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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

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458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Voy a tomar una persona para que trabaje en limpieza en mi casa 3 veces x semana , 4hs. Cúanto corresponde que le pague y donde debería registrarla?
    gracias
    Luna

  2. Hola, antes que nada, felicitaciones, están siempre en todo….
    Una consulta, cuanto debiera pagarle a una persona por cuidar mi nene 2 horas por día de Lunes a Viernes?
    Gracias

    1. paula

      muchas gracias, le tenes que pagar por hora y depende de la responsabilidad, eficiencia, confianza, etc. entre $12.- y $18.- la hora

  3. Estimada Graciela:
    Muchísimas gracias! Este dispositivo y vos que lo ponés en marcha son muy valiosos .
    Saludos cordiales
    Mercedes

  4. QUERIDA GRACIELA,CUANDO UNA TRABAJA DE LUNES A LUNES CUIDANDO A UNA ANCIANA EN LIMPIEZA, PLANCHADO Y TODO LO REFERENTE A ESTA PERSONA, CUANDO FALLECE CORRESPONDE LA INDEMNIZACION SI MI SUELDO ES DE 1.600 Y HACE DOS AÑOS Y OCHO MESES QUE TRABAJO CUANTO ME CORRESPONDERIA? LAS VACACIONES YA ME LAS TOME. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.

    1. LUJAN DE HAEDO

      SI LA EMPLEADORA ERA LA SEÑORA QUE FALLECIO NO TE CORRESPONDE MAS QUE EL SUELDO, PODRIAS HABLAR CON LOS HEREDEROS Y PEDIRLES QUE TE RECONOZCAN ALGO

  5. Estimada Graciela:

    Te reitero el mensaje del 23 de enero del que no obtuve respuesta: No me queda claro leyendo la nueva escala salarial cuanto tiene que cobrar una persona que trabaja de mucama (no especializada) sin retiro. En la escala se lee que entra en la tercera categoría pero no discrimina si es con o sin retiro.
    Por otra parte, ¿es correcto que trabaje de 6hs. de la mañana del lunes a las 14hs. del día sábado?
    Desde ya muchas gracias!
    Saludos
    Mercedes

    1. Mercedes

      El aumento de noviembre de 2009 fue del 18%, asi que hasta octubre Mucama con cama tenia el sueldo minimo de $1.273 si le sumas el 18% del aumento da un total de $1502.14. Si es correcto

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