Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | A partir de Noviembre de 2009 | |
Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | |
Por hora | $10.27 | ||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. | $ 673.78 | ||
Por cada hora de excedencia | $10.27 |
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Graciela, empleada domestica, que a veces tambien cuida a un niño, de lunes a viernes 8,30 a 13,30. cto le pago y en caso que falte cto debo descontarle? tengo que pagarle transporte?
Gracias
marbjk
Si hace dos trabajos, domesticos y cuida niños seria niñera especializada $768.77 por trabajar 88 horas al mes, mas $10.27 por cada hora excedente. Si falta depende del motivo pero si no es justificado se descuenta. Transporte solo si lo arreglaste de lo contrario no se paga
graciela me podria informar si la asignacion universal por hijo la puede cobrar un monotributista q trabaja por cuenta de el o la puedo cobrar yo q no trabajo y no somos casados gracias
ANA MABEL
No la pueden cobrar ninguno de los dos, el requisito para el cobro lo debe cumplir la familia y si uno de los dos es monotributistas no corresponde
Buenas tardes, tengo una persona que trabaja de lunes a viernes de 8,30 a 12,30, haciendo limpieza y el cuidado de un niño. ¿Cuanto debo pagarle?,los feriados y los dias que falta, debo pagarlos?, cuantos días de vacaciones le corresponden?. Gracias por su pronta respuesta. Marbjk
Marbjk
$768.77 por trabajar 88 horas al mes,mas, $10.27 por cada hora excedente. Lso feriados si trabaja por mes si, los dias que falta no se pagan, salvo con justificativo medico, hasta 30 dias al año. Al año d eantiguedad 10 dias de vacaciones
Hola Graciela soy empleada domestica hace 4 años en la misma casa, trabajo de lunes a viernes de 8:00hs a 13:00hs y me abonan 800$ por mes,estoy en blanco y mis extras me pagan a 9$. Queria saber si el aumento me corresponde?? Espero tu respuesta muchas gracias.
natalia
$673.78 por trabajar 88 horas al mes, más $10.27 pro cada hora excendente
hola graciela .perdon me olvide de ponerte que me pagan $700 gracias