Mujer con carpeta de EconoBlog

Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

Seguinos

458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Graciela. Tengo una empleada doméstica con una antiguedad inferior a 90 días… qué debo pagarle para disolver el vínculo?
    a) Solo el sueldo
    b) Sueldo + Sac Prop + Vac Prop + Preaviso

    Gracias.

  2. Graciela,

    gracias, está claro que no pueden ganar menos de 10.27$. Yo le pago 14$ por hora, pero hoy en el Sindicato nos informaron que el mínimo era 15$.
    Esta persona cuida a los niños pero no tiene ninguna formación como niñera.
    En alguna categoría el mínimo es 15$/hora o fue un error en la infromación?
    gracias!

  3. No me queda claro si el salario mínimo para una empleada doméstca por horas que trabaja 10 hs semanales (un día por semana)que cocina, limpia y cuida niños es de 10.27 $/hs o más. Me lo podrían aclarar?
    gracias!

    1. Marina

      $10.27 es el jornal minimo no pueden ganar mas d eeso, no quiere decir que es lo que obligatoriamente le tenes que pagar, el sueldo se arregla entre partes, y depende d ela responsabilidad, eficiencia, capacidad, confianza, zona de trabajo, situación economica empleadora, etc

  4. Graciela, Como se calcula la indemnización para una empleada que lleva tres años cuidando a una persona mayor dos veces por semana, o sea, que no estaria comprendida dentro del regimen de domesticas, a pesar que se le realizan los aportes como tal con el F102?
    Muchas gracias por tu atención

    1. alejandro

      Aunque no esta comprendida dentro del régimen, yo considero para no tener problemas conviene siempre llegar a un arreglo, que te mande el telegrama de renuncia y empezas negociando el monto.
      Calcula medio sueldo por año, 5 dias de falta de preaviso, 10 días de vacaciones proporcionales al mes de la desvinculación. Siempre y cuando vos estes de acuerdo

  5. Mi empleada se jubiló luego de 20 años de trabajo en casa. Quiere seguir trabajando, puedo pasarla a cobrar por hora 2 dias 6 horas.Debo pagar dias por enfermedad?debo pagar vacaciones y aguinaldo?
    Muchas gracias

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil