Mujer con carpeta de EconoBlog

Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Hola Graciela, tengo hace un año una sra. que trabaja en casa , en blanco, Lunes, Miercoles y Viernes de 14.00 a 18.00 Hs. Le pago $ 400.00 + 81.75 de aportes y contribuciones que lo pago todo yo.
    Me cuida un nene de 5 años, y si tiene tiempo plancha (somos 3 de familia) y limpia un poco la casa (cocina y baño, porque no se porque, pero no me limpia las habitaciones) Le tengo mucha confianza, pero hace un tiempo esta con problemas de salud, y me falta mucho, me recomplica con el nene, y encima le tengo que pagar igual el sueldo. Esta bien paga? Si la hecho la tengo que indemnizar? Le corresponde aguinaldo? Si no me trae certificado, le puedo descontar el dia? Desde ya te agradezco lo que me puedas ayudar.

    1. Viviana

      No le tenes que pagar por enfermedad y no le corresponde indemnización ya que no esta dentro del régimen El aguinaldo personalmente considero que todo el que trabaja tiene que cobrarlo, pero legalmente no le corresponde, si estas en conflicto te convienen no pagarle y llegar a un arreglo con ella de darle algo y que renuncie. Yo se que muchos se enojan con esta respuesta pero considero que es mas tranquilo llegar a un arreglo y no empezar con las cartas documento y abogados, que finalmente terminas gastando más. -Pero ella te manda el telegrama la acompañas al correo y le pagas o bien primero recibis el telegrama y luego le pagas

  2. Hola mi consulta es si las cuatro horas a las que corresponde un salario de 673,78 son de lunes a viernes

    Muchas gracias.

  3. hola graciela quisiera pregunarle porq yo falte por enermedad a trabajar y mi patrona busco otra persona me bajo hr de trabajo y sueldo la mitad de lo q ganaba .
    se puede hacer eso ?con respecto al papel de afip trabajando 9hr semanales interviene en la obra social ? me estan por operar en un tiempo va a bajar el aporte a dicha preguna ? espero su respuesta gracia

    1. monica

      La pregunta esta incompleta ya que no pones los dias y horas que trabajas, si te bajo el sueldo y horas tendria que llegar a una cuerdo e pagarte algo por esas horas qu etrabajabas y te las saco, generalmente el acuerdo se firmo en el Ministerio de Trabajp

  4. Gracias por tu respuesta. Tengo una consulta más. Para poder acceder a las obras sociales (el listado lo saqué de la página de la Super) alcanza solo con el aporte de 81,75 que yo le hago o tiene que pagar un adicional?
    Gracias de nuevo!!

  5. Hola, la semana que viene comienza a trabajar en mi casa una chica cuidando a mi bebe. Trabajará de lunes a viernes 45 hs. Cuánto es el sueldo que tengo que pagarle? Cuántos son los aportes?

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil