Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | A partir de Noviembre de 2009 | |
Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 1347.56 | |
Por hora | $10.27 | ||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. | $ 673.78 | ||
Por cada hora de excedencia | $10.27 |
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GRACIAS GRACIELA..!! :) Que bueno que lo hice bien el cálculo..!! yupi yupì..!! :) Besotes y nos vemosss…
Hola Graciela…Felíz Año..!! :)
Hace 1 año mas o menos te pedí me «guiaras» para liquidarle las vacaciones a la cuidadora de mis padres (lamentáblemente..el 15/06 falleció mi padre)continúa la misma cuidadora al cuidado de mi madre con su Demencia Senil, y se me va de vacaciones prontamente; yo ya hice el calculo en base a como me dijiste el año pasado, te lo escribo acá y si cambio la cosa..te pido me lo aclares, mil gracias.- Se toma vacaciones entre el 25/02..VIERNES QUE YA NO VIENE, y el 10/02 inclusive..JUEVES..EL VIERNES 11/02 SUPUESTAMENTE TOMARÍA SERVICIO (10 días hábiles que le corresponden ya que aún lleva trabajando 2 años y pico), continúo pagándole su sueldo los días 5 de cada mes..pregunta..porque no creo llegar con mis ingresos..puedo pagárle el 04/02 su sueldo de enero($1.900.- + aportes) y el 18/02 las vacaciones..?? Según mis cálculos: 1900/25×10=$760.- de vacaciones el 18/02 (o vos me dirás cuando debería pagárle) y cuando vuelva el 11/03, entiendo debería pagárle el sueldo de febrero: 1900/30×20=$1.270.- Aguardo tu respuesta o preguntas que quieras hacérme.- Besos…
Maribel
Si el cálculo es bien y si no te alcanzan los ingresos hablalo con ella y seguro te va a entgender, ya que no estas negando el pago
buenas tardes, necesito saber por cuanto tengo que hacer el recibo de diciembre de una empleada de 6º categoria, de cuanto es ahora el aporte fijo para la obra social y cuanto le corresponde de aguinaldo.el aumento del 23% ya está para las domesticas de cordoba?? muchas gracias
roberto
Si ya esta
http://www.econoblog.com.ar/9728/aumento-de-sueldo-empleadas-domesticas-de-cordoba/
Hola Graciela necesito saber cuanto debo pagarle a una Sra. que se encargue del cuidado de una Sra. mayor domingo, lúnes y feriados sin retiro. Hay otra Sra. que trabaja de martes a domingo sin retiro a la que le abono 2300 pesos y aportes. Desde ya muchas gracias.
Cristina
No te puedo decir eso, en Servicio domestico no esta estipulado el trabajo fin de semana como tampoco habla nada de los feriados
Graciela buenas tardes
la consulta es la siguiente tenia una niñera se dedicaba a cuidar de mis hijas trabajo el mes de noviembre (13 dias) 138 hs fue lo que trabajo. de L a V, se habia arreglado un salario de $ 1500 mensual por el mes completo,ahora que le tengo que abonar su proporcional de los dias q trabajo me viene a decir que en realidad le tengo que pagar por hora $ 12 y que el calculo del pago proporcional se hace cuando es en blanco? en ningun momento se arreglo el pago por hora, quiero saber cual es el calculo q tengo que realizar realmente GRACIAS aguardo tu respuesta