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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

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458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Hola Graciela…
    Esta mujer trabaja MENSUAL..o sea..se supone que entra en su sueldo fines de semana..feriados..(al márgen que yo debo pagar a otra persona para que me releve a mi los finde mas feriados..otro sueldo mas que x supuesto..la tengo en negro).- Se bien que Servicio Doméstico son HÁBILES, pero entiendo que se le «correrían» los feriados si jústamente..saliera UN LUNES FERIADO (que no éste caso ya que inicia sus vacaciones un 28/02..los 2 DOS FERIADOS fueron en su SEGUNDO LUNES de sus vacaciones..o sea..MITÁD DE SU LICENCIA).- No sé Graciela..honéstamente..muy diferente las vacaciones de éste rubro, x último te pregunto: yo le pagué sus vacaciones por sus 10 DÍAS HÁBILES, si fuese como vos decís..sería que en vez de tomar servicio éste lunes..debería tomarlo el miércoles..?? pagárle los 2 DÍAS se supono que no no..?? ya se los pagué con sus vacaciones no..??

  2. Perdón Graciela pero creo..vas a seguir sin entendérme x lo que leo, trataré de ser más precisa.- Mi empleada se tomó sus vacaciones entre el 28/02 y el 13/03 inclusive, o sea..10 DÍAS.- El tema és que en el medio se encontró con los 2 DÍAS FERIADOS (carnavales) y ahora me cuestiona que le DEBO esos 2 DÍAS.- De ser así..és lo que no logro entender..para mí, si en el medio de tu licencia jústo te tocan feriados..lamentablemente se pierden..x lo menos a mi me pasa y eso que trabajo hace mas de 30 años, por eso siempre trato de tomarme mi licencia en períodos que no tenga feriados en el medio y sino me queda mas remedio..ya se que los pierdo.- Espero ahora si me interpretes Graciela.-

    1. Maribel

      Sucede que los días para el Servicio Domestico no son corridos sino que son hábiles. Pero por otra parte no se si vos le pagas los feriados? ya que el Servicio Domestico no dice nada de su pago, ahora si vos acostumbras a pagarselos es así le debes dos días

  3. No supe explicárme Graciela, yo tengo 42 días corridos hace más de 10 años..me refería a que cuando tuve de antiguedad entre 1 y 5 años eran 14 días corridos..o sea..10 días hábiles.- Volviendo a mi pregunta anterior, porque no me quedó clara tu respuesta, Servicio Doméstico..Dama de Compañía serían 10 días hábiles de vacaciones con 2 años de antiguedad..clarísimo ésto, ahora bien, ella me dice que como dentro de sus 10 DÍAS de vacaciones, entraron el 7 y el 8/3 que fueron feriados..me dice que ahora tiene 2 días a favor para tomárselos cuando quiero, la verdád..ésto si que no lo entiendo, si yo me tomo mi licencia y en medio..principio o final de la misma agarro feriados..a ver..me embromo yo..los pierdo..no se como explicárte Graciela..espero me hayas entendido.- Me parece que en su caso debería ser igual, no tengo porque «regalárle» 2 días porque justo le cayeron feriados me entendés ahora Graciela..?? espero que sí…

  4. Graciela aprovecho que aún no me hás respondido para decírte que también me hizo un planteo VIA MENSAJE DE TEXTO..un horror ésta mujer..perdón mi estado pero me está «sacándo» tanta falta de respeto hacia mi persona.- Me dice que yo «le debo» 2 días de sus vacaciones..7 y 8 de marzo porque son 10 días hábiles, és ésto cierto..?? Te pregunto porque de ser así..honéstamente..no entiendo el Régimen Laboral de ésta gente.- Yo trabajo hace 31 años en una multinacional y de 1 a 5 años de trabajo son por Ley: 2 SEMANAS de vacaciones.- Bueno Graciela..aguardo tus respuestas y mil disculpas por las molestias que te ocasiono.-

    1. MARIBEL

      No se cual es tu anterior pregunta, pero si son 10 días hábiles con menos de 5 años de antiguedad. Aprovecho y te digo que no se como tenes solo dos semanas de vacaciones con 31 años de antiguedad? La Ley de CCT dice que más de 20 años corresponden 35 días de vacaciones

  5. Hola Graciela:
    Nuevamente te molesto, abajo te copio anterior consulta que me respondíste oportunamente.-
    «Hola Graciela…Felíz Año..!!
    Hace 1 año mas o menos te pedí me “guiaras” para liquidarle las vacaciones a la cuidadora de mis padres (lamentáblemente..el 15/06 falleció mi padre)continúa la misma cuidadora al cuidado de mi madre con su Demencia Senil, y se me va de vacaciones prontamente; yo ya hice el calculo en base a como me dijiste el año pasado, te lo escribo acá y si cambio la cosa..te pido me lo aclares, mil gracias.- Se toma vacaciones entre el 25/02..VIERNES QUE YA NO VIENE, y el 10/02 inclusive..JUEVES..EL VIERNES 11/02 SUPUESTAMENTE TOMARÍA SERVICIO (10 días hábiles que le corresponden ya que aún lleva trabajando 2 años y pico), continúo pagándole su sueldo los días 5 de cada mes..pregunta..porque no creo llegar con mis ingresos..puedo pagárle el 04/02 su sueldo de enero($1.900.- + aportes) y el 18/02 las vacaciones..?? Según mis cálculos: 1900/25×10=$760.- de vacaciones el 18/02 (o vos me dirás cuando debería pagárle) y cuando vuelva el 11/03, entiendo debería pagárle el sueldo de febrero: 1900/30×20=$1.270.- Aguardo tu respuesta o preguntas que quieras hacérme.- Besos…» El tema actual pasa que ahora..me cuestiona el sueldo (el lunes me llama un abogado mio laboral..o contador..aún no lo sé).- Yo le pagué su sueldo el 04/02 $1.900.- Vacaciones (2 semanas que le corresponden y se las tomó) $760.- y ahora nuevamente su sueldo.. $1.270.- como había calculado y vos me díste el ok como que hice el cálculo bien.- Hoy ya me llamó y me dijo que NO ME FIRMABA RECIBO, a lo cual le respondí: entonces..el sueldo me lo dejás.- ya me cansó Graciela, x la noche me enteraré si se lo llevó igual sin firmarme.- Te pido me orientes como sigo…mil gracias.-

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