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Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro. Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento. El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que […]

Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el  Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día  9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.

Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico,  se estaba a la espera de este aumento.

El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos  para jornadas menores.

Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD DESARROLLADA A partir de  Noviembre de 2009
Personal Con Retiro 8 horas Personal Sin Retiro
PRIMERA institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses $ 1656.72 $ 1846.70
SEGUNDA cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. $  1537.54 $ 1713.36
TERCERA cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. $  1502.14
CUARTA Aprendices en general de 14 a 17 años de edad $ 1347.56
QUINTA Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias $ 1347.56
Por hora $10.27
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. $ 673.78
Por cada hora de excedencia $10.27

Bajar Resolución Nº 1002/09

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458 comentarios en “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”

  1. Hola, este es el primer mes que cobro la asignacion de mi hija. anteriormente habia hecho los tramites y no me la habian dado, mi consulta es si me corresponde cobrarla con retroactivo o el cobro es a partir del momento en que mi hija queda registrada. otra consulta que tengo es si a mi me corresponderia alguna asignacion ya que soy empleada domestica. agradeceria mucho su respuesta. saludos!

  2. hola quiero sacarme la duda sobre mi salario.trabajo de lunes aviernes de 8 a 12,30.mi sueldo de bolsillo es de 800 pesos y me pagan 117 de aportes voluntarios x mishijos mas mis aportes.mas o menos redondeo los 1040.esta bien que perciba ese salario?

    1. mariana
      Que tareas haces? la pregunta debe estar completa Los aportes son $60 trabajadora mas los de tus hijos, y $35 empleadora

  3. Buen Día Graciela…
    MIL GRACIAS ANTE TODO…
    A ver si ahora si logré entendérte…
    Yo le pago MENSUAL entre el 1º y el 5º de cada mes, si en el mes hubo FERIADOS por ende..se los pago pero..JAMÁS LOS TRABAJO.- Las vacaciones entonces se las pagué bien Graciela..?? SUELDO: $1.900/30×20= $1.270.- vos me dirás… Y entonces..x lo que te entendí…o bien le doy 2 DIAS (FERIADOS 7 Y 8/3) cuando ella quiera tomárselos, o también puedo pagárselos.? Sería que no se los pagué con las vacaciones.? Esto sí no me quedó claro porque si le pagué 10 DÍAS HÁBILES VACACIONES, puede que me diga que no se los pagué no..?? Al márgen..acabo de entrevistar una mujer que me cerró mucho..POR FÍN.! Gracias y aguardo espero..sea tu última respuesta x el momento.-

  4. Mientras que aguardo tu respuesta, no puedo evitar seguir pensando, mi conclusión..según recibo..ella trabaja 250HS.- de lunes a viernes y la paga sueldo es MENSUAL..o sea..ENTRAN LOS FERIADOS EN SU PAGA PERO..JAMÁS LOS TRABAJA..LA RELEVO YO U OTRA QUE ME AYUDE.- Por ende..ahora le pagué sus vacaciones x 10 DÍAS HÁBILES..si bien entraron los feriados..DIAS 7 Y 8/3..ya se los aboné, como SIEMPRE..que quiero decir, en su mensualidád SIEMPRE LE PAGO LOS FERIADOS Y NO LOS TRABAJA, entiendo..como ahora que fueron dentro de sus vacaciones ya gozadas y pagadas.-

    1. Maribel

      No se que respuesta aguardas? si siempre le pagas lso feriados cuando se toma vacaciones son días hábiles lso feriados van aparte.

  5. Otra cosa..ella ya está de regreso y me lo escribió x mensaje de téxto..un horror al márgen como se maneja..lo que me puso és que tiene 2 DIAS A FAVOR..ésto no me dice en concreto si quiere que se los pague o se los dée..no sé que hacer, perdonáme Graciela tantas dudas, muy problemática ésta mujer..desde enero busco con cama pero lamentablemente..entrevisto y nadie me cierra todavia.- Gracias…

    1. Maribel

      Eso justo te iba a decir toma una con cama, no podes decir que trabaja 250 horas al mes??? Si vos le pagas siempre el mes y lso feriados no trabaja es que se los estas pagando. Los dias de vacaciones te reitero son hábiles, y como vos le pagas los feriados cuando le pague a fin de mes los dias que restan del mes vas a tener que hacer la cuenta 30 dias menos 10 de vacaciiones le pagas por 20 días. si es tanproblematica no te conviene seguir teniendola mejor llega a un arreglo en el Ministerio de Trabajo y despedila

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