Aquellos grupos familiares que se encuentren desocupados, realizando trabajos en la económica informal con ingresos inferiores al Salario Mínimo, Vital y Móvil, o sea $1.440.- o se desempeñen en el Servicio Doméstico, a través del Decreto Nº 1602/09 se ha reglamentado que por intermedio de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, deberán cobrar la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad.
Informamos que en lo que se refiere al menor o persona con discapacidad, ya que en este caso no se tiene en cuenta que tenga menos de 18 años, sino que es sin limite de edad, solamente será pagada dicha asignación si se cuenta con la Autorización vigente expedida por ANSES.
Tener presente que si ya tramite ante ANSES la correspondiente autorización y la misma se encuentra en periodo vigente, no deberá tramitarla nuevamente.
Ahora bien, si esta no se encuentra vigente o jamás se realizó trámite alguno ante ANSES, debe concurrir a cualquier dependencia más cercana a su domicilio presentando:
- Original y copia del DNI de todo el grupo familiar
- Original y copia del Acta de Nacimiento de la persona con discapacidad
- Original del Formulario PS 2.3″ Declaración Jurada Solicitud de Autorización de Pago de Asignaciones Familiares por Discapacidad», completado de la siguiente manera:
I – Carilla 1 «Testimonio Médico»
Si la persona por quién se solicita la «Autorización para el Pago de la Asignación Universal por Hijo con Discapacidad para la Protección Social»,no es necesario completar este rubro del formulario, si cuenta con:
- Certificado de Discapacidad, vigente, emitido conforme al articulo 3º de la Ley Nacional Nº 22.431 «Sistema de Protección Integral de los Discapacitados» o Leyes provinciales similares
- Declaratoria Judicial de Insania.
Cumple con el requisito del «Testimonio Médico» si adjunta cualquiera de la documentación antes mencionada en original y fotocopia, al Formular4io PS 2.3.
En el supuesto caso, de no poseer ninguna de las anteriores documentaciones mencionadas, deberá, entonces sí, cumplimentar el «Testimonio Médico», siguiendo con las instrucciones del Formulario.
II – Carilla 2 «Informe del Empleador»
Este rubro del Formulario será completada por el ANSES, un agente de la Unidad de Atención, en el momento de atenderlo consignará en el formulario todos los datos,tanto del beneficiario como de la persona que solicita la Asignación Universal por Hijo con Discapacidad.
Luego solamente restará que ANSES le envié a su domicilio copia de la Resolución por la cual se autoriza el pago de la Asignación. El resto del trámite es AUTOMATICO, no es necesario que regrese al organismo a cargarla.
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cuando estaba tramitando la pension de mi hijo menor con discapacidad en el ministerio de desarrollo me dijeron que podia tambien tramitar el salario universal por discapacidad asi lo hice y empece a cobrar el salario primero que la pension que me salio hace dos meses( me llevo 15 meses el tramite) este mes no me pagaron el salario es porque me salio la pension ? tenia entendido que se podian cobrar los dos beneficios asi me lo indicaron en el ministerio realmente no entiendo porque dejaron de pagarme si alguien sabe a que se debe y me puede contestar le agradezco mucho Margarita
Margarita
Tengo entendido que es uno u otro,no los dos
estoy tramitando mi pension por discapasidad mental quiero averiguar cuanto es el sueldo gracias atte erika.(es muy inportante saber para mi y cuanto tiempo tarda en salir)
estoy tramitando la pension de mi hijo discapacitado quiero saber si tambien puedo tramitar el de la asignacion por hijo con discapacidad?
tania
Es una o la otra, pero de todas maneras cando vas a ANSEs tarta de tramitarlas. Leugo comentalo Suerte
tengo un hijo de 9 años que nacio con una enfermedad congenita que le quito la vision completa del ojo izquierdo si bien hace una vida normal el daño es irreversible y no tiene cura ni tratamiento mi pregunta es la siguiente puedo hacer el tramite para cobrar la asignacion universal por hijo con discapasidad?
yamila
El tramite lo podes hacer necesitas que ANSES lo autorice
mi bebè esta por cumplir 5 meses, y hace unos dias me dieron el certificado de discapacidad. La pregunta es: el pago de la asignacion familiar por hijo discapacitado tiene q ser retroactiva al mes que nacio, o recien desde marzo en adelante?
gracias.