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Exención del Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos para Jubilados

Esta semana, el Gobierno Nacional y la Confederación General del Trabajo (CGT) ha llegado a un acuerdo para el nuevo Proyecto de Ley que analizará el Congreso. En el mismo se estipula una exención de Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos para jubilados y pensionados que cuenten con haberes mensuales menores a cinco veces la jubilación mínima, lo cual equivale a 28.055 pesos. Un viejo reclamo es que se otorgue una exención de Ganancias para los jubilados y pensionados. Finalmente se eximirá del tributo por el equivalente a cinco haberes mínimos jubilatorios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). De la mano de esta medida, 140.000 adultos mayores que actualmente están alcanzados por el impuesto dejarán de tributar. En el acuerdo […]

Esta semana, el Gobierno Nacional y la Confederación General del Trabajo (CGT) ha llegado a un acuerdo para el nuevo Proyecto de Ley que analizará el Congreso. En el mismo se estipula una exención de Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos para jubilados y pensionados que cuenten con haberes mensuales menores a cinco veces la jubilación mínima, lo cual equivale a 28.055 pesos.

Un viejo reclamo es que se otorgue una exención de Ganancias para los jubilados y pensionados. Finalmente se eximirá del tributo por el equivalente a cinco haberes mínimos jubilatorios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

De la mano de esta medida, 140.000 adultos mayores que actualmente están alcanzados por el impuesto dejarán de tributar.

En el acuerdo que hará que el tributo sea rebautizado como Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos se estableció una suba del Mínimo no Imponible (MNI) a $37.000 sueldos brutos para trabajadores casados con dos hijos y a $27.941 para solteros sin hijos. Se decidió mantener las deducciones por conyugue y por hijo hasta que éste cumpla 24 años (edad que el oficialismo planeaba reducir a 18).

En la zona patagónica se incrementará el MNI y las deducciones en un 22%.

Para la exención del aguinaldo se calculará el tributo por trece meses. Se realizará un prorrateo por doce meses para los alcanzados, lo cual reducirá el impacto que tendrá sobre cada cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).

El MNI y los montos de las deducciones se irán actualizando de acuerdo a un Coeficiente de Actualización automático en función al avance de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Las partes acordaron una nueva escala para el Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos con alícuotas que van del 5% al 35%. La misma se puede consultar ingresando AQUÍ. En el acuerdo se eliminó la alícuota del 2% contemplado por el Proyecto de Ley del Gobierno para aquellos que tributan por primera vez en el primer escalafón.

Otro de los puntos contemplados en el Proyecto es un aumento del 75% en la escala del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

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1 comentario en “Exención del Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos para Jubilados”

  1. EN EL CASO DE JUBILADOS FALTA DECIR QUE SI PAGAN BIENES PERSONALES SE LES APLICA EL 9% DIRECTO SOBRE SUS HABERES. ESTO ES ABSOLUTAMENTE INCONSTITUCIONAL YA QUE VA CONTRA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE IGUALDAD EN LAS CARGAS PUBLICAS. YO PIENSO ACCIONAR JUDICIALMENTE.

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