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Cuentas Sueldo de Monotributistas y Autónomos

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) se encuentra trabajando para que se permita abrir cuentas sueldos a Autónomos y Monotributistas. Un requisito para efectuar la apertura de las mismas será realizar tareas permanentemente en domicilios. Este nuevo servicio entrará en vigencia a partir de 2017 y contará con los mismos beneficios con los que hoy en día cuentan los empleados en relación de dependencia. La apertura de cuentas sueldos para Autónomos y Monotributistas estará disponible para todos los trabajadores independientes que presten servicios en domicilios de forma permanente. Con lo cual, el beneficio será para empelados domésticos, jardineros y personal de mantenimiento, entre otros. Los beneficios de las cuentas sueldos para Monotributistas y Autónomos serán los siguientes: Obtendrán […]

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) se encuentra trabajando para que se permita abrir cuentas sueldos a Autónomos y Monotributistas. Un requisito para efectuar la apertura de las mismas será realizar tareas permanentemente en domicilios. Este nuevo servicio entrará en vigencia a partir de 2017 y contará con los mismos beneficios con los que hoy en día cuentan los empleados en relación de dependencia.

La apertura de cuentas sueldos para Autónomos y Monotributistas estará disponible para todos los trabajadores independientes que presten servicios en domicilios de forma permanente. Con lo cual, el beneficio será para empelados domésticos, jardineros y personal de mantenimiento, entre otros.

Los beneficios de las cuentas sueldos para Monotributistas y Autónomos serán los siguientes:

  • Obtendrán una tarjeta de débito gratis.
  • Los servicios serán gratuitos, no se pagará comisiones.
  • No contarán con un límite de extracciones por cajeros automáticos gratuitas hasta cubrir el monto de las retribuciones que se acrediten a su favor. Se podrán usar los cajeros de toda la red, sin pagar comisiones por utilizar los de otro banco.
  • El titular podrá designar a su cónyuge/concubino o un familiar directo como cotitular para que efectúe diversas operaciones que él autorice.

Las Cuentas Sueldos entraron en vigencia el 10 de julio de 2010 con la modificación del Artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744. Con dicho cambio, la normativa permite que el pago del salario de un dependiente se puede realizar en efectivo, con cheque a la orden o con depósito en una cuenta bancaria, la cual no puede tener límite de extracciones así como tampoco costos de mantenimiento ni de extracción.

Otro de los beneficios de estas cuentas es la emisión de un resumen semestral con un detalle de cada una de las operaciones que es enviado gratis al domicilio del titular. Además es posible consultar los últimos diez movimientos desde cajeros automáticos.

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