El día de la fecha, el Estado promulgó la Ley 27346, la cual fue sancionada el 22 de diciembre de 2016, en el Boletín Oficial. Dicha normativa efectúa una reforma al ahora llamado Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Aún resta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emita las resoluciones correspondientes.
Una de las modificaciones de la Ley 27.346 al Impuesto a las Ganancias, que de ahora en más pasó a llamarse Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos, es el aumento del Mínimo no Imponible (MNI) a $37.000 brutos ($30.500 de bolsillo) para trabajadores casados con dos hijos y a $27.941 brutos ($23.200 de bolsillo) para solteros sin hijos.
Se admite una deducción del 22% del MNI para los trabajadores de la Región Patagónica. Con lo cual, el piso se eleva a $45.140 para una familia tipo y a $34.088,02 para solteros sin hijos.
Las deducciones de la Ley 27346 mantienen las deducciones por hijo menor a 24 años o discapacitado, cónyuge, padres y empleado del Servicio Doméstico. Además se permite deducir los viáticos hasta un 40% de la de la ganancia no imponible, en el caso de los transportistas no hay límite, y un 40% de los alquileres de la vivienda única familiar contando con un tope de $51.000.
La reforma establece que los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación que sean designados en su cargo desde el 1ero de enero de 2017 deberán pagar Ganancias. Además, los jubilados y pensionados comenzarán a tributar cuando su haber mensual sea mayor a $30.000.
La Ley 27346 establece una nueva escala del Impuesto a las Ganancias por Altos Ingresos, la cual reemplaza la que está vigente desde el año 2000, con alícuotas que van del 5% al 35%. La misma es la siguiente:
Ganancia Neta Imponible | Pagarán $ | Más el % | Sobre el Excedente de $ | |
Más de $ | A $ | |||
0 | 20.000 | 0 | 5% | 0 |
20.000 | 40.000 | 1.000 | 9% | 20.000 |
40.000 | 60.000 | 2.800 | 12% | 40.000 |
60.000 | 80.000 | 5.200 | 15% | 60.000 |
80.000 | 120.000 | 8.200 | 19% | 80.000 |
120.000 | 160.000 | 15.800 | 23% | 120.000 |
160.000 | 240.000 | 25.000 | 27% | 160.000 |
240.000 | 320.000 | 46.600 | 31% | 240.000 |
320.000 | en adelante | 71.400 | 35% | 320.000 |
Desde 2018, los montos de las escalas y las deducciones se irán actualizando en octubre de acuerdo al coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Bajar texto completo de la Ley 27346 de Ganancias y Monotributo en PDF.
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