Ayer, mediante la publicación de la Resolución General 3965, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido exceptuar de emitir facturas a Abogados de la Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados. Dicha exención se aplicará para los letrados que perciban sus honorarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
El Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados tiene como finalidad resarcir una deuda que el Estado tiene con los adultos mayores que perciben haberes del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y que fueron perjudicados por una falta de actualización en los mismos. Para acceder a dicho beneficio, los titulares de las jubilaciones y/o pensiones deben firmar un acuerdo con ANSeS, lo cual requiere que sean representados por un abogado con matrícula habilitante.
Para que el trámite no implique un gasto para los beneficiarios, el Gobierno Nacional se encarga de pagar los gastos y honorarios de los abogados en caso de que no se hayan iniciado acciones legales antes del 30 de mayo de 2016. Los profesionales que aceptan únicamente este pago se encuentran listados en la página oficial del Programa.
La RG 3965/2016 de AFIP exime de la emisión de facturas a los abogados que perciban honorarios en el marco de la Reparación Histórica por parte de ANSES. De esta forma, ellos se ven eximidos del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por desempeñar dicha labor.
La normativa recalca que, en caso de corresponder, el organismo previsional aplicará retenciones del Impuesto a las Ganancias y del IVA. Para ello, AFIP podría implementar un procedimiento de intercambio de información.
Recordemos que la Administración Nacional de la Seguridad Social ha celebrado acuerdos con los Colegios de Abogados de una gran cantidad de provincias con la finalidad de que cada uno de ellos publiquen un listado de los letrados que aceptan cobrar únicamente los honorarios pagados por el Estado por su intervención en la celebración y homologación del acuerdo transaccional.
Bajar Resolución General N°3965/16 en formato PDF.
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