Como ya anunciamos Defensa de la Competencia la semana pasada mediante una resolución obliga a las principales marcas de ropa a que deben continuar con las promociones a los bancos, tarjetas y fabricantes a mantener los descuentos, por lo que no podrían finalizar con las rebajas ofrecidas. Los directivos están asombrados y los expertos explican si el estado puede o no intervenir en los acuerdos entre privados.
Debido a que diciembre es un mes en que las ventas suben sin necesidad de promoción alguna, las marcas reconocidas de ropa decidieron bajarse del acuerdo de las promociones, por lo que Defensa a la Competencia con esa resolución los obliga a mantener los descuentos.
Las empresas debido a la gran crisis financiera, con la necesidad de bajar el stock de productos que , si no era por las promociones, se hubiesen visto al borde de un abismo financiero, tomaron la decisión de mantenerlas en forma provisoria peor ahora no podrán deshacerse fácilmente de ella.
A los directivos los tomo de sorpresa la resolución y reconocen no salir de su asombro y desde APSA Centros Comerciales, la división Shopping Center de IRSA, reconocieron que: “Tenemos conocimiento de la existencia de la resolución. Estamos verificando la misma para analizar los pasos a seguir”, admitiendo que se encuentran realizando reuniones prolongadas para poder elaborar una estrategia para saber qué hacer de cara a los próximos meses. Debido a que esta prohibición de bajarse de los mega descuentos, no es un tema menor.
Algunos fabricantes tienen acuerdos donde la rebaja se comparte con las Entidades Financieras. Pero, esto no es en la mayoría en donde deben hacerse cargo de la reducción integra en los precios, y los bancos son los encargados de la difusión publicitaria.
Las marcas ya habían anunciado a los shoppings la decisión y éstos, a su vez, debían ser los intermediarios frente a los bancos. Un matutino publicó que: “las 60 marcas de ropa más famosas, que representan el 50% del mercado y el 80% de la facturación, dieron por finalizada las negociaciones con los bancos y ratificaron que desde el 1 de diciembre se terminaban las promociones”.
A partir de dicha información, Defensa de la Competencia resolvió iniciar un expediente de oficio.
Dictando la polémica resolución en la cual se expidió sobre los posibles efectos -desde el punto de vista de la competencia- con relación a la decisión que habrían adoptado, por lo que consideró que “el presunto acuerdo celebrado entre las marcas constituiría una práctica coordinada que ´prima facie´ sería violatoria de lo dispuesto en la Ley de defensa del Consumidor (LDC), con potencialidad para causar un perjuicio al interés económico general”.
Infobae Profesional publicó que, expertos juristas del país en materia de defensa de la competencia opinaron sobre el tema, algunos prefirieron mantenerse al margen o bien solicitaron que su nombre quedara en reserva, debido a la sensibilidad del tema y que la medida afecte intereses de sus clientes.
Los especialistas criticaron la resolución opinando que ese no es el órgano competente para actuar, sino que las medidas las debería tomar la Secretaría de Comercio Interior . Y como se trata de acuerdos entre privados se debería analizar si la CNDC tiene competencia para interferir sobre el mismo.
Defensa de la Competencia, al dictar la resolución lo hizo amparándose legalmente en el artículo 35 de la LDC que la faculta a ordenar, en cualquier estado del procedimiento, las medidas que sean aptas para prevenir una grave lesión al régimen de competencia.
Por ese motivo, ordenó que las empresas se abstengan de anular los descuentos ofrecidos por los bancos.
Al ser consultados los expertos en la materia ¿Cuándo puede intervenir el Estado?
Expresaron que la norma es totalmente clara y solamente permite que el Estado intervenga en casos de cartelización y para obligar a cesar una conducta anticompetitiva. En este caso no se entiende el alcance y no estaría alcanzada por la Ley. Por lo que Se podría pedir la suspensión de sus efectos o bien no cumplirla, alegando que dicha orden no es lo suficientemente clara.
La opinión es que lo mas saludable sería que la Comisión emitiera un dictamen no vinculante y la Secretaría de Comercio Interior una resolución.
También las marcas puede apelar la decisión ya que si ellas no quieren nadie las puede obligar a decidir la política de sus precios, si quieren bajarlos no los bajan.
Las alternativas que tienen y que ya la están usando los supermercados es ir bajando los precios pero solamente en algunos productos, o bien restringir los días de las rebajas.
Infobae Profesional
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