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AFIP: Reincorporación al Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado el viernes pasado la Resolución General 3982 oficializando la reforma que se realizó al Régimen Simplificado para  Pequeños Contribuyentes (RS). Tal como lo indica la normativa, los monotributistas excluidos a lo largo de 2016 tienen la oportunidad de solicitar su reincorporación al Monotributo hasta el 31 de mayo de 2017. Los Pequeños Contribuyentes que hayan quedado excluidos del Monotributo a lo largo del año pasado por haber superado los montos máximos de facturación tienen la oportunidad de reincorporarse al Régimen Simplificado siempre y cuando sean encuadrados en una de las nuevas categorías. Su regreso al RS puede ser efectuado hasta el 31 de mayo de 2017. Un dato a tener en […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado el viernes pasado la Resolución General 3982 oficializando la reforma que se realizó al Régimen Simplificado para  Pequeños Contribuyentes (RS). Tal como lo indica la normativa, los monotributistas excluidos a lo largo de 2016 tienen la oportunidad de solicitar su reincorporación al Monotributo hasta el 31 de mayo de 2017.

Los Pequeños Contribuyentes que hayan quedado excluidos del Monotributo a lo largo del año pasado por haber superado los montos máximos de facturación tienen la oportunidad de reincorporarse al Régimen Simplificado siempre y cuando sean encuadrados en una de las nuevas categorías. Su regreso al RS puede ser efectuado hasta el 31 de mayo de 2017.

Un dato a tener en cuenta es que AFIP hará una conversión de las categorías de revista de los contribuyentes adheridos al Monotributo al 31 de diciembre de 2016 a las nuevas categorías de acuerdo al siguiente cuadro:

Actual Categoría Nueva Categoría
según conversión
Presunción Anual
Parámetro
«Ingresos Brutos»
B A Hasta $84.000
C B Hasta $126.000
D C Hasta $168.000
E D Hasta $252.000
F E Hasta $336.000
G F Hasta $420.000
H G Hasta $504.000
I H Hasta $700.000
J I Hasta $822.500
K J Hasta $945.000
L K Hasta $1.050.000

No se hará una conversión de oficio a las sociedades comprendidas en el RS, exceptuando las comprendidas en las categorías I y L. A partir del día de mañana, los monotributistas podrán consultar su categoría mediante el servicio «Constancia de Inscripción/Opción – Monotributo» del portal del organismo dirigido por Alberto Abad.

Los monotributistas recategorizarse que abonen sus cuotas con los importes vigentes al 31 de diciembre de 2016 tendrán tiempo de saldar la diferencia sin intereses hasta el 31 de mayo de 2017.

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3 comentarios en “AFIP: Reincorporación al Monotributo”

  1. Soy responsable inscripto desde septiembre de 2015. Ahora puedo pasar al monotributo.? Los montos me dan perfectamente. Gracias.

    1. Tenes que esperar 3 años antes de pasarte, lo de volver al monotributo son para quienes fueron excluidos durante el 2016 no 2015

  2. Me inscribieron de oficio durante el 2016 en el regimen general y quiero adherirme nuevamente al monotributo pero solo me lo permite hacer desde el periodo 02/2017. Me obliga a tributar por un periodo IVA y presentar una ddjj de IG. Pense que puede ser viable darme de baja en el AUTONOMO, IVA, IG y alta del Monotributo pero no se si voy a tener el mismo inconveniente.
    Alguno lo pudo hacer desde Enero 2017?

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