El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha reglamentado la apertura de cajas de ahorro para menores de 18 años de edad mediante la publicación de la Comunicación A 6103/2016 en el Boletín Oficial. Tal como se había anticipado, la entidad presidida por Federico Sturzenegger informó las mismas deberán ser abiertas por un adulto, quien tendrá que autorizar al niño o adolescente.
La apertura de estas nuevas cajas de ahorro deberá hacerse por un mayor, quien podrá asignar a un menor de edad como autorizado. En las mismas se podrán recibir depósitos y hacer débitos que hayan sido autorizados por el menor de 18 años. Aparte se otorgará una tarjeta de débito que podrá ser utilizada para hacer extracciones en cajeros automáticos y compras en comercios.
Además, al igual que ocurre con el titulares mayores de edad, el menor podrá extraer dinero por ventanilla, hacer transferencia electrónica de fondos y efectuar pagos por medio del sistema homebanking.
El titular de la caja de ahorro podrá indicar un monto máximo diario para débitos, ya sea en una o más transacciones.
La cuenta bancaria no podrá contar con más de un menor autorizado. Es por esta razón que las familias numerosas tendrán que abrir una por cada uno de sus hijos.
Los servicios y los movimientos de la cuenta bancaria serán gratuitos.
Al cumplir los 18 años de edad, el banco podrá convertir la cuenta en una caja de ahorro a nombre de la persona que la abrió, del hasta ese entonces menor o de ambos. Esta decisión será tomada por el anterior titular.
El titular de la caja de ahorro será el responsable ante la entidad financiera por todas las obligaciones que se deriven del contrato.
Bajar Comunicación A 6103/2016 del BCRA en formato PDF.
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