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Liquidar vacaciones del Servicio Doméstico

Estos últimos días hemos recibido varias consultas de usuarios que desean saber cómo liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico. Es por esta razón que decidido publicar este artículo para aclarar la forma en la cuál el empleador de Casas Particulares tiene que pagar dicha licencia, la cual se tiene que pagar sin importar que esté o no registrado en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos). Al momento de liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico, el empleador tiene que tomar la antigüedad al 31 de diciembre de cada año. Es decir, si la persona comenzó a trabajar el 1ero de enero del corriente año no corresponde la liquidación de las vacaciones. Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador desde el […]

Estos últimos días hemos recibido varias consultas de usuarios que desean saber cómo liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico. Es por esta razón que decidido publicar este artículo para aclarar la forma en la cuál el empleador de Casas Particulares tiene que pagar dicha licencia, la cual se tiene que pagar sin importar que esté o no registrado en AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).

Al momento de liquidar las vacaciones del Servicio Doméstico, el empleador tiene que tomar la antigüedad al 31 de diciembre de cada año. Es decir, si la persona comenzó a trabajar el 1ero de enero del corriente año no corresponde la liquidación de las vacaciones.

Las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador desde el 1ero de octubre hasta 30 de abril, debiendo cada tres años ser en verano. La notificación del período de descanso se tiene que realizar de manera fehaciente con una anticipación no menor a 45 días.

La cantidad de días de vacaciones de Empleados Domésticos son las siguientes:

Antigüedad Cantidad de días de vacaciones
Menos de 5 años 14
De 5 a 10 años 21
De 10 a 20 años 28
Más de 20 años 35

Es muy importante tener en cuenta que se trata de días corridos, no hábiles.

En caso de que el personal doméstico no haya trabajado la mitad del año y continúe trabajando al 31 de diciembre, la cantidad de días de vacaciones es de un día de descanso por cada 20 días trabajados efectivamente.

La liquidación de las vacaciones para el Servicio Doméstico se realiza de la siguiente manera:

Jornalizados por hora: En este caso, se liquida los días que hubiese trabajado durante las vacaciones multiplicado por la cantidad de horas que trabaja habitualmente y por el monto que cobran por hora.

Jornalizados por día: Se liquidan la cantidad de días que hubieran trabajado por el monto que cobran por día.

Mensualizados:

Se abona al inicio de las mismas y se calculan multiplicando el número de días que hubiese tenido que trabajar durante sus vacaciones por el jornal diario percibido. A fin de mes pagar los días que restan trabajados.

 

Cabe recalcar que el pago de las vacaciones se tiene que hacer sin importar que la persona esté o no en blanco.

Aquellos interesados en consultar la Escala Salarial 2017 del Servicio Doméstico deben ingresar AQUÍ.

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128 comentarios en “Liquidar vacaciones del Servicio Doméstico”

  1. hola una consulta. mi empleada comenzó en agosto. y viene dos veces por semana 7 hs. Cómo debo pagarle las vacaciones? son 7 días corridos… de los cuales ella deberia trabajar 2… entonces le pago 2 dias por cantidad de horas x monto por hora? solo eso??
    las vacaciones se las tiene que tomar en la misma fecha que yo? o puede elegir ella y faltar al trabajo los dias que yo me tomo vacaciones y ella no las cobra? se entiende la pregunta? gracias por el dato!

  2. Hola necesito saber por favor si el monto de vacaciones a pagar (14dias x $diarios) + Resto (16x $diarios) debe restarse al sueldo mensual al finalizar y de esa forma pagar la diferencia. Por ej. mi empleada cobra $12.000 por mes.
    $12.000/25 = 480 x 14 (vacaciones) = $6.720
    $12.000/30 = 400 x 16 (resto) = $6.400
    Total $13.120
    Sueldo $12.000
    Dif $1.320 –> esto es lo que tendria que pagar extra ese mes x vacaciones ademas de su sueldo regular?
    Muchas gracias!
    Laura.

  3. Buenos días, podrian ayudarme a hacer este calculo?

    Trabaja 32 hs. semanales pero se le paga $8.837 (escala de diciembre) Ya que el sindicato establece que a partir de 32 hs. semanales se debe pagar completo. Le corresponden 21 días ya que supera los 5 años de antiguedad.
    Cómo hago el calculo de las vacaciones?

    Muchas gracias.

    1. Judith Sueldo 8837 / 25 por 21= 7423 y los restantes 9 días sueldo 8837 /30 x 9 =$2651.- Ese mes cobra $10074

  4. Buen día, mi empleada trabaja 3 días a la semana 5 horas, cómo debo pagarle las vacaciones? Aclaro que le pago por semana y si cae feriado y no viene le pago igual. Gracias

    1. Gabriela depende de la antigüedad, pero por ejemplo si le corresponde 14 días de vacaciones se los pagas, por ejemplo los 6 días de los 14 que se toma

  5. QUIERO SABER POR FAVOR COMO LIQUIDO LAS VACACIONES DE ESTOS DOS EJEMPLOS:
    1) ingreso 02-05-2017 sueldo $ 2400,00 trabaja 6 hs. por mes
    2) ingreso 03-06-2013 sueldo $ 3000,00 trabaja 6 hs. por semana
    Muchas gracias !!!!!

    1. LYDIA En los dos casos planteados corresponden 14 días de vacaciones, ya que si trabaja mas de la mitad del año corresponden enteras
      sueldo 2400 /25= 96 x 14 =1344 por las vacaciones y los restantes días del mes es 2400/30 x 16 =1280 total en el mes $2624.-
      Sueldo 3000 / 25 =120 x 14 1680 por las vacaciones restantes días trabajados 3000/30×16 = 1600 total en el mes $3280

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