La AFIP mediante la Resolución General Nº 2437 modificó y reordenó el texto de la resolución que reglamenta el régimen de retención del impuesto a las ganancias para el personal en relación de dependencia.
Tener en cuenta las siguientes modificaciones
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Se incrementó de $ 72.000 a $ 96.000 el monto de ingreso bruto anual a partir del cual los empleados quedan obligados a presentar las declaraciones juradas del impuesto a los Bienes Personales, aunque no existieran saldos a ingresar.
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Se definió un régimen simplificado para el impuesto a las destinado a los trabajadores que tienen más de $ 144.000 de ingreso bruto anual.
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Dispuso que el próximo 30 de junio vencerá el plazo para presentar la declaración jurada de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias.
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Quisiera saber si una prima de seguro de sepelio que se descuenta mensualmente a un empleado es deducible a los efectos de calcular la ganancia neta. ¿Podria ser asimilable a gastos de sepelio o ésto solo se refiera a las erogaciones efectuadas cuando efectivamente ha fallecido el contribuyente o sus cargas?
Hola Norberto:
Si tenes que presentarlo
gracias
Graciela
Necesito me informes si debo presentar formulario 572 impuesto a las ganancias y si estoy comprendido en la retencion , trabajo en la Municipalidad como secretario de una Concejal y mi ingreso es de $ 3.900.- neto.
Desde ya muchas gracias a tu información
Hola Ricardo:
Entre los días 13 y 17 de abril publique una planilla de excel que te puede ayudar a calcular tu descuento, para hacer el descuento se hace en forma acumulada mes a mes cargando tus sueldo y tus deduciones y cargas de familia.
gracias
Trabajo en la industria petrolera mi salario es de bolsillo 9.000.- como calculo mi impuesto a las ganancias?
Cual es el mínimo imponible en los trabajadores de esta industria?
Cuales son las deducciones y de que importen se descuentan?
Gracias