La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite regresar al Monotributo a aquellos contribuyentes que fueron dados de baja de oficio de dicho régimen siempre y cuando se encuadren en una nueva categoría. En caso de aún contar con viejas Facturas C impresas, el Monotributista no podrá utilizar las mismas y tendrá que dar de alta un punto de venta mediante www.afip.gov.ar.
En caso de baja del Monotributo por exclusión, cese de actividades o renuncia, el contribuyente tiene la obligación de dar la baja del punto de venta por medio del servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes» de la página de AFIP usando su CUIT y Clave Fiscal, la cual se puede obtener siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Luego de haberlo hecho, el sujeto debe anular las facturas C impresas.
Al dar nuevamente el alta en el Monotributo, el Monotributista debe habilitar un nuevo punto de venta desde la opción «AMB Puntos de Venta» del mencionado servicio. Para hacerlo, el sujeto tiene que haber habilitado «Administración de puntos de venta y domicilios» desde «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
Los pasos a seguir para dar de alta el servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes» son los siguientes:
- Acceder a www.afip.gov.ar.
- Pulsar en «Ingresar» e indicar el CUIT y la Clave Fiscal.
- Hacer clic en «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal» que se encuentra bajo el título «Servicios Administrativos».
- Seleccionar «Adherir servicio».
- Marcar «AFIP», «Servicios Interactivos».
- Seleccionar «Autorización de Impresión de Comprobantes» y pulsar en «Confirmar».
- Se mostrará en pantalla el Formulario 3283/E. No es necesario imprimir el mismo.
- Cerrar la ventana del explorador de Internet. Al volver a ingresar al sistema estará activo el servicio.
Esto quiere decir que el monotributista no puede volver a usar viejas facturas C una vez que regrese al Monotributo. La numeración de los nuevos comprobantes inicia desde el «00000001».
Recordemos que, luego de la modificación del Impuesto a las Ganancias y del RS, AFIP permite a los monotributistas excluidos de oficio en los últimos 12 meses regresar al Monotributo si pueden encuadrarse en una de las nuevas categorías, las cuales se pueden consultar ingresando ACÁ.
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Hola, quiero dar de alta un punto de venta y cuando elijo la opción «Facturación en línea- monotributo» me sale un cartel de error que dice «no se encuentra empadronado para el servicio que desea asociar». A alguien le pasó?
Ezequiel Primero tenes que ir a ABC Punto de Venta y dar el alta al punto de venta
hola me dieron de baja por de monotributo, por pleno derecho en dic/18, por que no me di cuenta y en un mismo mes emiti dos tarjetas, solo que la afip no corrobora que en el año fueron 12, argumentan entonces que me pase del monto autoriZado, me canse de ir a la afip y nada, la pregunat es me pùedo dar de baja y dar de alta nuevamente, aun cuando me publicaron en el boletin excluyéndome gracias
Damian No lo hablaste con tu contador? tenias tiempo para interponer causales ahora ya vencio, pero habla con un contador
Fui dado de baja en el sistema de mono tributo por falta de pago, ya cancele la totalidad de la deuda, tengo una factura por cobrar, la empresa a la que presto servicio no me abona diciendo que en los rejistros mios estoy en deuda con el AFIP, siendo que yo entro al sistema con mi ciave fiscal, sale que no tengo deuda, es mas me dicen que tengo saldo a favor.
Creo que no puede darse esto, ya que si salio del monotributo quedo como responsable inscripto, con lo cual obligado a factura electronica, y asi, tiene que seguir emitiendo fact electronica
Mi facturacion es baja porque tendria que ser responsable inscripto?
Ramon Si cancelaste la deuda tenes que dar el alta nuevamente, si queres hacerlo retroactivo te tienen que autorizar en la AFIP, caso contrario te das el alta sin los meses pero las facturas anteriores no te sirven No se si respondi tu pregunta?
soy de concordia tengo 59 años, tengo aportados 13 años de bancario,2 años de comercio,y dos de monotributo,vivo de un oficio y di de baja el monotributo hace años,quiero saber cuanto deberia aportar para jubilarme anticipadamente.cada vez se hace mas dificil conseguir trabajo.
Anticipadamente no podes los hombres se jubilan a los 65 años y con 30 de aportes, si no tenes los 30 de aportes podes Hacer la Pensión por Vejez pero también a los 65 años