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AFIP: Cambios en Monotributo 2017

El día e la fecha, mediante la publicación de la Resolución General 3990-E en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó cambios en el Monotributo 2017. Las modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) contemplan la obligatoriedad en el pago electrónico, domicilio fiscal electrónico y facturación electrónica. De ahora en más, además de efectuar exclusiones de oficio, AFIP podrá llevar adelante recategorizaciones de oficio en el Monotributo. El organismo dirigido por Alberto Abad cambiará la categoría de un monotributista cuando se detecten acreditaciones bancarias o gastos personalizados por un monto mayor al 20% del límite de facturación en caso de prestaciones de servicio y del 30% si se trata de venta de cosas muebles. […]

El día e la fecha, mediante la publicación de la Resolución General 3990-E en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó cambios en el Monotributo 2017. Las modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) contemplan la obligatoriedad en el pago electrónico, domicilio fiscal electrónico y facturación electrónica.

De ahora en más, además de efectuar exclusiones de oficio, AFIP podrá llevar adelante recategorizaciones de oficio en el Monotributo. El organismo dirigido por Alberto Abad cambiará la categoría de un monotributista cuando se detecten acreditaciones bancarias o gastos personalizados por un monto mayor al 20% del límite de facturación en caso de prestaciones de servicio y del 30% si se trata de venta de cosas muebles.

Los cambios en el Monotributo 2017 establecen que se tiene que efectuar un pago electrónico de las cuotas para todas las categorías del RS, lo cual ya es así para H, I, J y K. Esta obligación se aplicará de la siguiente forma:

  • Abril: F y G.
  • Mayo: D y E.
  • Noviembre: A, B y C.

A partir del 30 de septiembre de 2017, todos los monotributistas deberán adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico, lo cual se puede hacer siguiendo los pasos indicados AQUÍ. El Fiscal Nacional presumirá que el mismo será revisado por el Pequeño Contribuyente cada semana.

Si bien ya se aplica para la categoría H, la factura electrónica será obligatoria para la F y G desde el 1ero de junio de 2017.

Cada cuatro meses será obligatoria la recategorización, siendo optativa para enero y mayo. En septiembre será obligatorio confirmar la categoría, exceptuando a aquellos que se han adherido al Monotributo en los 4 meses anteriores a septiembre.

Un dato a tener en cuenta es que el organismo recaudador no sólo permite hacer los trámites por Internet sino que también desde una aplicación desarrollada para dispositivos móviles.

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