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AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace. Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario. Obviamente, para poder facturar […]

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace.

Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario.

Obviamente, para poder facturar a Google AdSense, el contribuyente debe estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o el Régimen General (Autónomos).

El primer paso es dar de alta un punto de venta mediante la página de AFIP utilizando el CUIT y la Clave Fiscal, la cual se puede generar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Para hacerlo es necesario acceder al servicio «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)», dentro del cual se tiene que acceder en «A/B/M de puntos de venta» y «Alta».

Luego, debido a que se trata de una prestación de servicios que se efectúa en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior, es necesario empadronarse en la Facturas Electrónicas de Clase E. Para hacerlo es necesario ingresar en «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)»; opción «Empadronamiento/Adhesión»; seleccionar «Factura Electrónica – Exportación de Servicios»; y seleccionar una de las siguientes opciones «Facturador en Línea» o «WebService / Facturador Plus».

Una vez habilitada, al momento de confeccionar la Factura E, el usuario tendrá que indicar la Clave e Identificación Tributaria de Estados Unidos otorgada por Estados Unidos. La misma es la siguiente:

  • Persona jurídica: 55000002126
  • Persona física: 50000002124
  • Otro tipo de entidad: 51600002124

Una vez generada la factura, el contribuyente no necesita enviar la misma a ninguna parte dado que Google AdSense no requiere la misma. Sin embargo se recomienda imprimirla y guardarla para llevar un control.

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63 comentarios en “AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?”

  1. Hola Graciela, Gracias por tu articulo, me sirvio de mucho. Tengo un par de dudas, quisiera saber si puedes resolverlas.

    Yo debo hacer todos los meses una factura tipo E a nombre de Google verdad? Cual de estas 3 opciones debo elegir?
    Persona jurídica: 55000002126
    Persona física: 50000002124
    Otro tipo de entidad: 51600002124

    Luego he leido sobre una Declaracion jurada cuatrimestral, eso se hace via web tambien? cual es el nombre del tramite?

    Desde ya, muchas gracias

    1. Gonzalo Persona Jurídica y seguro te referis a la DDJJ Informativa Cuatrimestral de los monotributistas, actualmente no se realizan mas Si te es de utilidad la pagina recomendala, trabajo con ella

  2. Hola,
    En que rubro deberia incribirme en afip ganando por publicidad en mis videos en youtube?
    en servicios de publicidad como en una respuesta que diste anteriormente al comentario de «Marcelo»?

    Graciela
    septiembre 29, 2018 at 1:22 pm
    Marcelo
    731009-SERVICIOS DE PUBLICIDAD N.C.P.

  3. Hola, muy útil e interesante este articulo. Muchas gracias.
    Yo empece recién este mes a ganar algo de dinero por google adsense y paypal por trabajos online pagos desde el exterior,
    Mi duda es, ya tengo que anotarme en exportación de servicios? o debería dejar pasar un tiempo para ver si va a ser un ingreso estable?
    Actualmente yo facturo en fotografía en argentina, y gane dinero online por tutoriales que no tienen nada que ver y ademas no se si va a ser un trabajo con ingresos fijos de ahora en mas.

  4. Hola. Interesantísimo articulo, gracias. Una duda que tengo. Yo uso plataformas de trabajo freelance, por ese medio podria tener acceso a clientes de españa, e hispanoamerica. ¿Realmente el sistema acepta facturacion electronica poniendo solo el cuit del país correspondiente? uno puede dejar en blanco el ID impositivo y la razon social?

    Y otro tema: en condiciones de venta-forma de pago. ¿Que poner si pòr ejemplo el pago es por paypal, nubi, o ese tipo de servicios?
    ¿Y en caso de transferencia bancaria?
    O es conveniente poner siempre contado..

    1. Agustina Razon social es obligatorio el ID solo si lo conoces y tenes que poner de que forma recibis el dinero

  5. Pero si cuando vas a Western Union a retirar dinero de Adsense, te hacen firmar un texto que dice: «declaro bajo juramento que tales fondos corresponden a ayuda familiar…» ¿No sería contradictorio firmar eso y luego declararlo como si fuera un trabajo?

Los comentarios están cerrados.

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