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AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace. Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario. Obviamente, para poder facturar […]

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace.

Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario.

Obviamente, para poder facturar a Google AdSense, el contribuyente debe estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o el Régimen General (Autónomos).

El primer paso es dar de alta un punto de venta mediante la página de AFIP utilizando el CUIT y la Clave Fiscal, la cual se puede generar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Para hacerlo es necesario acceder al servicio «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)», dentro del cual se tiene que acceder en «A/B/M de puntos de venta» y «Alta».

Luego, debido a que se trata de una prestación de servicios que se efectúa en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior, es necesario empadronarse en la Facturas Electrónicas de Clase E. Para hacerlo es necesario ingresar en «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)»; opción «Empadronamiento/Adhesión»; seleccionar «Factura Electrónica – Exportación de Servicios»; y seleccionar una de las siguientes opciones «Facturador en Línea» o «WebService / Facturador Plus».

Una vez habilitada, al momento de confeccionar la Factura E, el usuario tendrá que indicar la Clave e Identificación Tributaria de Estados Unidos otorgada por Estados Unidos. La misma es la siguiente:

  • Persona jurídica: 55000002126
  • Persona física: 50000002124
  • Otro tipo de entidad: 51600002124

Una vez generada la factura, el contribuyente no necesita enviar la misma a ninguna parte dado que Google AdSense no requiere la misma. Sin embargo se recomienda imprimirla y guardarla para llevar un control.

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63 comentarios en “AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?”

  1. Buen día muy útil el articulo. Esta identificación es la misma para Facebook audience network ya que ahí también saco anuncios como lo de Adsense en Google. Sabes cuál es la ID tributaria de esta compañía así la factura también en AFIP.

    1. Al ser un empresa del EXTRANJERO se coloca la CUIT del pais RESIDENTE…o se se coloca la CUIT de EEUU, la cual es 55-00000212-6

  2. Hola, buenas tardes, quería consultarte, yo soy monotributista, estoy dentro del convenio multilateral, facturo tanto en buenos aires como en capital federal, hago factura C y las DDJJ de lo facturado del mes anterior.
    Ahora bien si yo emito la Factura E, después tengo que hacer una DDJJ y pagar impuestos de lo cobrado? y a que provincia se hace la DDJJ? o solo con hacer la factura E ya alcanza para que quede blanqueado y registrado? gracias.

    1. Manuel haces factura de exportación y esta exento ingresos brutos pero tenes que detallar el monto facturado como exento, en la provincia que desarrollas la actividad

  3. Hola Graciela,

    Muy interesante el artículo, pero, tengo una duda respecto a un comentario, vi que has puesto que esta actividad económica está exenta del pago de Ingresos Brutos por ser un servicio de exportación, esto aplica a todas las provincias? no encuentro información clara al respecto…

    Saludos!

  4. Hola Graciela, gracias por tu articulo, tengo una consulta respecto al mismo.

    Quiero recibir un solo pago de Adsense, el cual se fue acumulando durante 2 años.

    La suma es de aproximadamente 1000 usd y luego no tengo intenciones de seguir recibiendo pagos ni cobrar por publicidad.

    Soy un trabajador en relacion de dependencia y quiero saber como debo proceder ante AFIP para poder cobrar este dinero (supongo que por única vez) y cumplir con mis obligaciones fiscales.

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