La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) continúa reglamentando la Ley 27.264. Según informó iProfesional, el Secretario de Emprendedores y Pyme, Mariano Mayer, indicó que el organismo publicará la semana que viene la RG que habilitará a las Pequeñas y Medianas Empresas descontar hasta el 10% de su inversión del Impuesto a las Ganancias.
De la Ley PyME que fue aprobada el año pasado, las Pequeñas y Medianas Empresas tendrán la oportunidad de descontar hasta el 10% del monto invertido en bienes de capital y obras de infraestructura de Ganancias. Este beneficio forma parte del régimen de fomento de inversiones productivas que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
El descuento el 10% de la inversión podrá ser computado en el ejercicio que se efectuaron contando con un tope del 2% de las ventas del ejercicio. En caso se encontrarse en el «Tramo I» de las categorías vigentes de Pymes, el límite será del 3% de la facturación anual.
El tramo I contempla a las medianas empresas que cuentan con un tope de facturación anual de 100 millones de pesos al año para el sector agropecuario; 125 millones de pesos para el de servicios; 180 millones de pesos para el de la construcción; 180 millones de pesos para el de la industria y la minería; y 450 millones de pesos para el de comercio.
Las nuevas empresas tendrán la oportunidad de utilizar los saldos del 10% invertido en los próximos cinco ejercicios de haber sido generados.
La normativa fortalece las inversiones en la fabricación, la importación y la compra de bienes nuevos o usados quedando excluidos los automotores.
A lo largo del plazo de vigencia de la Ley se mantendrá la estabilidad fiscal para las Pymes prohibiéndose incrementar su carga impositiva por parte del Fisco Nacional. Además se invita a las provincias y municipios a sumarse a otorgar beneficios a este tipo de empresas.
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