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AFIP: Vencimiento del pago de cuota del Servicio Doméstico en Marzo de 2017

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que el viernes 10 será el vencimiento del pago de la cuota del Servicio Doméstico en marzo de 2017. Para cumplir con dicha obligación, los empleadores de Casas Particulares deben usar el Formulario 102/RT, el cual está disponible en la página oficial del organismo (www.afip.gov.ar). Los contribuyentes que contraten empleados domésticos tienen la obligación de registrarlo en AFIP, lo cual se realiza por Internet como se explica AQUÍ. Con el cumplimiento del pago de la cuota, el personal accede a aportes jubilatorios; cobertura médica de una obra social; y la Tarifa Social Federal del transporte público, lo cual requiere que se inscriba la Tarjeta SUBE como se indica ACÁ. Al momento de […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que el viernes 10 será el vencimiento del pago de la cuota del Servicio Doméstico en marzo de 2017. Para cumplir con dicha obligación, los empleadores de Casas Particulares deben usar el Formulario 102/RT, el cual está disponible en la página oficial del organismo (www.afip.gov.ar).

Los contribuyentes que contraten empleados domésticos tienen la obligación de registrarlo en AFIP, lo cual se realiza por Internet como se explica AQUÍ. Con el cumplimiento del pago de la cuota, el personal accede a aportes jubilatorios; cobertura médica de una obra social; y la Tarifa Social Federal del transporte público, lo cual requiere que se inscriba la Tarjeta SUBE como se indica ACÁ.

Al momento de realizar el pago es necesario utilizar el Formulario 102/RT, el cual se puede bajar entrando en ESTE enlace. El importe a ingresar varía de acuerdo a la edad del trabajador y la cantidad de horas trabajadas a la semana como se detalla a continuación:

Horas trabajadas semanalmente Importe Aportes Contribuciones Cuota ART
Trabajador mayor de 18 años
Menos de 12 $ 176 $ 34 $ 12 $ 130
De 12 a 16 $ 252 $ 63 $ 24 $ 165
16 ó más $ 684 $ 419 $ 35 $ 230
Trabajador menor de 18 pero mayor a 16
Menos de 12 $ 164 $ 34 $ 130
De 12 a 16 $ 228 $ 63 $ 165
16 ó más $ 649 $ 419 $ 230
Empleado jubilado
Menos de 12 $ 142 $ 12 $ 130
De 12 a 16 $ 189 $ 24 $ 165
16 ó más $ 265 $ 35 $ 230

Encaso de prestar servicios por menos de 16 horas semanales, el personal tiene la oportunidad de hacer un pago voluntario para acceder a los mismos beneficios que el resto. Este mes, el mismos e tiene que ingresar antes del miércoles 15 de marzo de 2017.

Para hacer el pago es necesario usar el Formulario 575/RT. El monto consiste en la diferencia entre lo pagado por el empleador y la categoría máxima.

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