Titular del fondo de desempleo de Anses

ANSES: ¿Como tramitar el Fondo de Desempleo?

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, es la encargada de pagar el Fondo de Desempleo que es establecido por la Ley Nº 24.013, todo trabajador que presta relación de dependencia y es despedido tiene derecho a gestionar una prestación económica por desempleo. La misma comprende la prestación medico asistencial de acuerdo, el pago de las Asignaciones familiares y se realiza un cómputo por el periodo que trabajo a los efectos previsionales. La persona despedida de su empleo podrá iniciar el trámite en forma personal, del Fondo de Desempleo, solicitando un turno, a través de: Internet ingresando a la pagina Web de anses.gov.ar “Autopista de Servicio” solicitar Turno Llamando por teléfono al Nº 130 de lunes a viernes de […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, es la encargada de pagar el Fondo de Desempleo que es establecido por la Ley Nº 24.013, todo trabajador que presta relación de dependencia y es despedido tiene derecho a gestionar una prestación económica por desempleo. La misma comprende la prestación medico asistencial de acuerdo, el pago de las Asignaciones familiares y se realiza un cómputo por el periodo que trabajo a los efectos previsionales.

La persona despedida de su empleo podrá iniciar el trámite en forma personal, del Fondo de Desempleo, solicitando un turno, a través de:

  • Internet ingresando a la pagina Web de anses.gov.ar “Autopista de Servicio” solicitar Turno
  • Llamando por teléfono al Nº 130 de lunes a viernes de 8 a 20 horas

Se debe tener en cuenta que el trámite es personal o sea, no se admiten gestores ni intermediarios, cuenta con 90 días hábiles luego de la fecha del despido. Transcurrido ese plazo será descontado 1 día de prestación por cada día hábil.

La documentación a presentar debe ser toda en original y fotocopias de la siguiente documentación:

  • DNI, LE o LC. En caso de extravío o renovación, presentar la constancia de inicio de trámite en el Registro Nacional de las Personas y la Partida de Nacimiento. Si el titular es extranjero, el DNI es obligatorio y no le puede reemplazar otro documento.
  • Documentación que acredita el desempleo:
  1. Despido sin justa causa: Telegrama de despido o Carta Documento o Nota de despido con firma del empleador certificada por banco, escribano público, funcionario de ANSES o autoridad judicial.
  2. Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: Nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral o sentencia de quiebra autenticada por el juzgado.
  3. Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa (Art. 242 LCT): Telegrama/s de desvinculación laboral por denuncia del trabajador fundada en justa causa y el formulario PS. 3.2 “Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo”. Si existiese duda sobre la justa causa del despido, ANSES, podrá a través de la UDAI requerir una intervención sumaria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social acreditando la situación legal de desempleo.
  4. Resolución del contrato de trabajo por denuncia del empleador fundada en la justa causa del despido (Art. 242 LCT): Telegrama de despido, telegramas del empleado rechazando la justa causa de despido y el formulario PS. 3.2 “Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo” por el que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social lo encuadra, si corresponde, en una situación legal de desempleo (se gestiona en la UDAI).
  5. No renovación de un contrato a plazo fijo: Contrato de trabajo vencido. Declaración jurada para el inicio de trámite de la prestación por Desempleo (Formulario PS. 3.23).
  6. Trabajador era beneficiario de una prestación de ART al momento de producirse el cese laboral: Certificado de alta médica o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva  inferior al 66%.

El Desempleado para poder cobrar las Asignaciones Familiares ordinarias y extraordinarias que correspondan debe presentar la documentación que establece el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares vigente:

Si ya inició el trámite: Constancia de estado de trámite otorgada por ANSES. Eventualmente, de existir diferencias entre la información obrante en los sistemas informáticos y la documentación presentada, podrá solicitársele documentación adicional, por ejemplo: algún recibo de sueldo del último empleador.

Es muy importante que para solicitar la prestación deben estar cargados los datos en las bases de ANSES, tanto sean del titular  como de su grupo familiar. De encontrarse todos los datos cargados en dichas bases no será necesario adjuntar ninguna documentación.

Tenga en cuenta que todas las notificaciones enviadas por ANSES al domicilio declarado por usted son consideradas válidas. Cualquier modificación en los datos personales o alta, bajas o modificaciones de sus cargas familiares, es obligación del beneficiario declarar inmediatamente al organismo y si fuese necesario deberá adjuntar la documentación que lo avale.

Fuente ANSES

890 comentarios en “ANSES: ¿Como tramitar el Fondo de Desempleo?”

  1. HOLA NUEVAMENTE,POR FAVOR QUISIERA QUE ME RESPONDAN MI CONSULTA.Como ya le explique trabaje 4 meses en blanco supuestamente,peo mi empleador nunca realizo ninguno de los aportes que me descontaba en el recibo(jubilacion, Obra social, etc)Quisera saber si estoy en condiciones de cobrar el fondo de desempleo.Gracias

    1. adriana

      No te corresponde tenes que cumplir minimamente esto

      Trabajadores Permanentes o con finalización natural del contrato: Seis (6) meses de los últimos 3 años anteriores a la finalización del contrato de trabajo que dio lugar a la situación legal de desempleo.

  2. Hola, tengo un amigo que se fue a vivir a 1000 kms de distancia de donde cobraba el desempleo, y necesita saber si con el documento puede cobrar en el mismo banco que lo hacia antes, ya que le resulta antieconomico viajar. Gracias

  3. hola yo trabaje desde el año 2008 y por problemas familiares renuncie en 28 junio del 2010 y 5 de julio me volvieron a llamar para que trabaje ahi y acepte Ahora me despidieron en 1 de noviembre y tengo que trabajar hasta el 30 de noviembre y me pregunta es tengo derecho a a cobrar fondo de desempleo? y si es asi, como tengo que hacerlo? por que el telegrama que ellos me dieron dice que tengo dos horas para buscar trabajo e igual me hacen trabajar las 8 horas o mas como tengo que hacer?

  4. Hola quiero saber si habiendo estado trabajando en blanco por 4 meses me corresponde el cobro del fondo de desempleo.Mi empleador no relizo ninguno de los aportes que me descontaba en el recibo de sueldo.

  5. hola de nuevo por favor ojala me puedan solucionar del fondo de desempleo q me paso la cuota de octubre q tramites debo realizar? porque ya llame por tel y no me atienden desde ya gracias…

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