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Notificación de multas y clausuras del Ministerio de Trabajo por Domicilio Fiscal Electrónico

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Economía han publicado el día de ayer la Resolución General Conjunta 4020-E en el Boletín Oficial. Mediante dicha normativa, los organismos habilitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) a realizar la notificación de multas y clausuras por el Domicilio Fiscal Electrónico. Luego de que AFIP implementara el Domicilio Fiscal Electrónico, varios organismos públicos lo siguieron. Este sistema facilita al Fisco enviar notificaciones a los contribuyentes dado que las que se envíen por dicha vía tienen la misma validez que las que manden impresas al domicilio fiscal. Las notificaciones y comunicaciones que podrá realizar el Ministerio de Trabajo por medio del Domicilio Fiscal Electrónico serán las siguientes: […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Economía han publicado el día de ayer la Resolución General Conjunta 4020-E en el Boletín Oficial. Mediante dicha normativa, los organismos habilitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) a realizar la notificación de multas y clausuras por el Domicilio Fiscal Electrónico.

Luego de que AFIP implementara el Domicilio Fiscal Electrónico, varios organismos públicos lo siguieron. Este sistema facilita al Fisco enviar notificaciones a los contribuyentes dado que las que se envíen por dicha vía tienen la misma validez que las que manden impresas al domicilio fiscal.

Las notificaciones y comunicaciones que podrá realizar el Ministerio de Trabajo por medio del Domicilio Fiscal Electrónico serán las siguientes:

  • Actas de comprobación de multa y clausura; y actas constatando infracciones.
  • Pronunciamientos del Juez Administrativo previstos respecto de las actas citadas en el anterior punto.
  • Relevamientos de trabajadores que estén prestando servicios en el establecimiento declarado. En los mismos se verificará que el personal que lleva adelante actividades sea el mismo que el declarado por el empleador en sus libros o en el sistema informático Trabajo Registrado en Línea.

Además, el contribuyente también recibirá por el Domicilio Fiscal Electrónico la notificación de multas y clausuras del Ministerio de Trabajo.

Consultar la Resolución General Conjunta 4020-E.

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