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Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008  8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes de diciembre de […]

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  • Abril de 2008  8%
  • Julio 6%
  • Septiembre 6%
  • Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.

Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

  • Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
  • Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de  lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
 

Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio

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826 comentarios en “Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel”

  1. Hola Graciela: Mi consulta es la siguiente: Mi salario es mayor al del convenio de comercio. En ese caso sobre que monto calculo la antigüedad? Se la aplica al basico o al total remunerativo?
    Gracias.
    Diego.

  2. Estimada Graciela:

    Perdon, un compañero de trabajo te hizo una consulta y la hizo a mi nombre. En primer lugar muchas gracias por la respuesta brindada a mi consulta. Te vuelvo a reformular: Actualmente trabajo 8 hs, de las cuales solo estoy registrada 4 hs.
    Mi categoría es vendedora «A», y cobro por ello $664.95. Ingresé a trabajar en ésta empresa el 02/01/2005. Mi consulta es la sgte: ¿Por qué me pagan $3.98 de antigüedad? ¿como efectúan el cálculo? ¿cuánto debería cobrar con los aumentos del 0.5%?.
    Desde ya muchas gracias por tu amabilidad.

    Saludos.

    Noelia.

  3. Hola Graciela, te quiero consultar con respecto al pago del aguinaldo. Yo ingrese a trabajar hace tres meses. Como me efectuan el calculo? dividen mi mejor remuneracion por 2 y despues lo dividen por la cantidad del dia del semestre y a esto, lo multiplican por los dias efectivamente trabajados?…Te agradecerias si me ayudaras…Aproximadamente mi mejor remuneracion en estos tres meses las estime en $2500.

    Atte. Luis

  4. Hola Noelia:

    Tenes en cuenta que lo de pagar la antiguedad en rubro separado es a partir del mes de junio hasta mayo/08 se paga junto con el basico, si te pagan 4 horas es justa media jornada o sea qu een la plainlla tenes que cargar la mitad del basico y la mitad de los 100 pesos, no me pones la categoria, para poder pasarte la liquidacion, si volves a pregunatrme no me pases solo el basico, volve a formularme toda la pregunta, ya que de lo contrario debido a la gran cantidad de comentario se hace imposible unirlos.
    gracias

  5. Estimada Graciela:

    Actualmente estoy trabajando 8 hs diarias, y tengo una antigüedad de 2 años y 5 meses. Es decir, regularizaron mi situación laboral el 02/01/2006. Igualmente, sólo estoy registrada con una jornada de 4 hs y las 4 hs restantes no.
    Mi consulta es la siguiente: ¿por qué me pagan por antigüedad sólo $3.98? ¿cómo efectúan el cálculo?…y ¿aproximadamente cuánto debería cobrar con éste aumento del 0.5% por año de antigüedad?
    Si no es molestia, te agradecería profundamente.

    Saludos. Noelia.

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