La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
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Romina
Faltan datos para la liquidación
Hola Belen:
Te hago la cuenta como si fuera ese sueldo pero seguro hay parte no remunerativa y faltan unmonto de datos pero bien ahí te paso: te deben los 10 días de febrero $1743/30×10=571 SAC proporcional $193.67 Vacaciones proporcionales 2009 2 días 1743/25×2=139.44 +SAC 11.62=$ 151.06 seguro ya cobraste el SAC 2008 y las vacaciones
Mi consulta tiene relación con la consulta que le hizo Paola (399) y su respuesta (401).
Respecto al ACUERDO COLECTIVO ABRIL 2008, el cual se abona hasta Abril como no remunerativo, pero así mismo tiene aportes y contribuciones (porque así lo establece el acuerdo), ¿qué sucede en caso de licencia por maternidad teniendo en cuenta que solamente se perciben los conceptos rem. como asignación?. La duda es porque se hicieron ciertos aportes y contribuciones (a pesar de ser no remunerativo) y está perjudicando a aquellas empleadas que se encuentran de licencia antes de Abril, ya que a partir de este mes pasa a ser remunerativo.
Según leo la respuesta dada a Paola (401), el acuerdo se debe abonar durante la licencia. El problema es que no consigo legislación que afirme esto, por lo cual no me lo han pagado.
De tener que abonarse necesitaría por escrito la ley o algún reglamento para considerarlo.
Saludos cordiales
Dra. Mitre Corina
SERGIO:
Para que te puede hacer la liquidación tenes que poner todos los datos completo, te falto la categoria «A» pero que? Formula la pregunta completa
Graciela, te consulto la liquidación de mi sueldo. Hace un mes comencé como cajera categoría B de 27 hs semanales, trabajando inclusive los domingos.
Desde ya, muchisimas gracias por tu atención.