La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
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Hola Graciela:
Mi consulta es por que me liquidaron dias feriados al 50%, dicen que el otro cincuenta ya esta liquidado en el básico. Esto es asi?
Emilio:
Si el feriado lo trabajas te tiene que pagar la 100%, en realidad si sos mensual te pagan un dia de trabajo mas
soy empleado de comercio hace 11 años que yo y mis compañeros estamos por agencia ejemplo compoñeros de 13 16 y 18 años por agencia se respeta la ley donde dice que ean 90 dias a prueba y qudaban efectivos por ley lo maximo en agencias es de un año que podemos hacer atte ruben
hola queria saber cunto me corresponde de aumento estoy en blanco pero mi recibo es un desastre en mano cobro $830 y trabajo 5hs y media me fueron dando los aumentos anteriores empese cobrando 550 hace dos años. me pagan todo supuestamente en negro porque por recibo no.
muchisimas gracias!!!
HOLA BUENOS DÍAS QUISIERA POR FAVOR QUE ME INFORMEN ACERCA DE UNA GRAN DUDA QUE TENGO: YO EN ESTE MOMENTO ESTOY CON LICENCIA POR MATERNIDAD Y LO QUE QUIERO SABER ES QUIEN ME PAGA LA OBRA SOCIAL Y LA JUBILACIÓN DURANTE ESE TRANSCURSO LA EMPRESA O ANSES????
ROMINA:
Cuando estas de licencia por maternidad, no se paga obra social ni jubilación, estas cobrando una asignacion familiar, en algunos casos el empleador paga la parte no remunerativa y eso lleva el descuento a la obra social
hola mi consulta es si el seguro la estrella es obligatorio para los empleadores bajo el convenio de comercio. Es muy caro y quiero solicitar la baja como efectuo este tramite?. Yo actualmente tengo deuda ya que no pude pagarlo mas me la pueden reclamar o iniciar acciones judiciales para el cobro.Muchas gracias