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Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008  8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes de diciembre de […]

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  • Abril de 2008  8%
  • Julio 6%
  • Septiembre 6%
  • Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.

Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

  • Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
  • Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de  lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
 

Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio

recibo-de-sueldo-osecac-juniowwweconoblogcomar.xls 

826 comentarios en “Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel”

  1. Graciela buenos días,

    Te quería consultar si tenías disponible alguna planilla de liquidación de sueldos para el personal de la SANIDAD (ATSA).

    Muchas gracias,

    Germán

  2. Hola Graciela.
    Si si, mi consulta es por los días que le corresponden al padre, no a mi.
    cuanto corresponde de licencia por nacimiento? Son el día de nacimiento y uno más o los dos días posteriores al nacimiento?

    Por otro lado, cuando el tiene que ir a anotar al recien nacido al registro civil, tiene el día justificado? Ya que el tramite es personal y no puede realizarlo otra persona y por otro lado es obligatorio que el papá lo inscriba, y si o si debemos ir los dos porque no estamos casados.

    Desde ya, Muchas Gracias!!
    Carla.

    1. Carla

      Si por convenio Empleados de Comercio son dos días hábiles, contados el día que nace el bb y otro más, pero si nace un domingo correspone lunes y martes pero si nace el lunes es lunes y martes. Para anotarlo puede pedir permiso e ir al registro civil pero tiene qu erecuperar las horas que pierde.

  3. hola, necesito saber cuanto deberia cobrar ya que me parece que no me liquidan bien el sueldo. trabajo 240 horas mensuales todas en horario nocturno la mitad de 20 a 8 y la otra mitad de 22 a 10 de la mañana. hasta el momento no me han pagado los 300$, no cobro presentismo, ni feriados, ni nocturnidad, ni antiguedad (3años)ni los 100 q se otorgaron el año pasado, figuro en categoria auxiliar y mi sueldo de bolsillo es 1920$. es correcto esto con tantas hs? la forma de trabajo es la siguiente 4 jornadas de 12hs por 2 noches de franco, trabando asi sabados domingos. podrias calcularme mi sueldo . Desde ya muchas gracias, excelente el blog!!!!

  4. Te hago 2 consultas:
    Por un lado, cuanto corresponde de licencia por nacimiento? Se que son 2 días, pero son el día de nacimiento y uno más o los dos días posteriores al nacimiento?
    Por otro lado, cuando tengo que ir a anotar al recien nacido al registro civil, tengo el día justificado? Ya que la el tramite es personal y no puede realizarlo otra persona y por otro lado es obligatorio que yo lo inscriba.

    Desde ya, Muchas Gracias!!
    Carla.

  5. Hola, quiero cosultarte como se liquida el sueldo de un empleado que solo trabaja domingos y feriados (10 horas cada dia), o sea, en los descansos del empleado mensualizado. Se le tienen que pagar como horas normales o extras al 100%??

    1. Norma

      Tenes que hacer un promedio y arreglar con el trabajador. Se paga por hora unpoco mas que la hora de un dia habil pero no el doble

Los comentarios están cerrados.

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