La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
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Hola: tengo una disyuntiva con mi jefe, ya que le avise con suficiente antelación que me iban a operar de sinusitis y cuando cobre me había descontado todo el presentismo.
Corresponde?
Muchas gracias por su ocupación. me corresponde comercio.
Muy amables.
Quedo al aguardo de su respuesta.
Patricia M.
Te la debería haber pagado te paso lo que dice el articulo del CCT Nº 130/75
Asignación complementaria.
Art. 40º.- Las empresas abonarán al personal comprendido en la presente convención una
asignación mensual por asistencia y puntualidad equivalente a la doceava parte de la
remuneración del mes, la que hará efectiva en la misma oportunidad en que se abone la
remuneración mensual.
Para ser acreedor al beneficio, el trabajador no podrá haber incurrido en más de una ausencia
en el mes, no cumputándose como tal las debidas a enfermedad, accidente, vacaciones
o licencia legal o convencional.
Necesito saber si hay alguna forma legal de negarme a que me descuenten el 2% para el sindicato de mi sueldo. Muchas gracias por la atencion.
hola quisiera saber de cuanto deberia ser mi liquidacion ,soy empleada de comercio y trabajo hace 2 años y 3meses con un sueldobasico de 1699,32,y como mi empleador no esde confiar necesito tener una idea ,desde yamuchas gracias
pamela
Pregunta incompleta faltan todos los datos para lqiuidar
Estimada Graciela
A ver si tenés idea:
Di de alta a un empleado el 19-08 que estaba cobrando la asig univ x hijo, este mes ya no se la pagaron por estar en rr de dependencia….la pregunta: debe esperar a cumplir 3 meses de antiguedad para cobrar la asig fliar x hijo que le correspondería?
Saludos y que sigas bien-
ELBA
tiene que hacer el trámite y presentar el CBU con la documetnación en ANSES y el empleador declararlo por internet
hola soy personal de maetranza trabajo en un comercio 4 horas x dia tres veces a la semana…
Quisiera saber cuanto seria el sueldo mensual q deberia cobrar…
19/08/2010