La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio
hola, conociendo el decreto 814/01, de donde sale por ejemplo que el aporte jubilatorio es del 10.17%, o el 5 y pico de asignaciones familiares?
Gracias quiero saber en que ley, decreto esta
si una persona ingreso a trabajar en agosto de 2008, debe recibir los $100 y el 6% en septiembre?
hola Sandra:
No te puedo decir cuanto tenes que cobrar sin ver el establecimiento sueldo del resto del personal etc. por lo que decis estarias fuera de convenio ya que seria como una jefa o gerenta
gracias
hola iara:
Tenes que ser mas clara para que te pueda contestar.
gracias
Hola Damian:
Tendrias que preguntar a la persona que te paga o te liquida le sueldo que categoria real tenes? de cual saca tu basico? esa categoria no existe esa es la tarea realizada falta la categoría ok
gracias