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Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008  8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes de diciembre de […]

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  • Abril de 2008  8%
  • Julio 6%
  • Septiembre 6%
  • Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.

Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

  • Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
  • Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de  lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
 

Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio

recibo-de-sueldo-osecac-juniowwweconoblogcomar.xls 

826 comentarios en “Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel”

  1. Liliana: otro consejo, no vayas a hacer la denuncia al sindicado porque van a querer negociar ellos y no te van a dejar con nada. La prueba de que no se interesan por vos la tenes en que nunca fueron a ver si estabas en negro o no.

  2. Hola Liliana: mirá, tiene razón Graciela de que si reclamas te van a echar. Yo te aconsejo que lo primero que hagas es andá viendo quienes en la panadería te pueden salir de testigos por si tenes que llegar a Juicio luego andá a un Abogado que no te cobre abusivamente (o sea $100 aprox.) para iniciar el caso nada mas, porque en realidad el abogado no debe cobrar en juicios laborales sino hasta que te solucione el caso. Lo que debe cobrar es un 15% o 20% de lo que cobres cuando ganes y solo en ese momento no antes.
    Lo primero que debe hacer el abogado es intimar a la empresa a que te regularicen y enviar copia a AFIP. Si el abogado ta prepara la intimación decile que reclame todo incluso las remuneraciones que ya hayas cobrado desde hace dos años porque seguro que no te dieron recibos regulares. Si hacés todo bien les podes sacar mas de $50000 sin exagerar simplemente hace una cuenta facil, $1000 x 48 que son los meses trabajados y sumale el resto: Aguinaldo, vacaciones, horas extra, etc. y vas a ver que es así, espero que lo alcances a leer y suerte!!!

  3. Hola
    soy de cordoba
    tengo un empleado a media jornada( osecac auxilar categoria b .con ingreso 02/05/08) cuya liquidacion del mes de setiembre fue la siguiente
    basico 672.73
    present 56.04
    suma extr 15.37
    colectiv 20% 134.55
    sum extraor 50.00
    presen colect 15.37
    jubilac 80.16
    inssjp 21.86
    obrasocial 3 27.86
    agec 2 18.57
    faecys 0.5 4.64
    neto 775,58

    Queria saber si hay posibilidad que me remitas la liquidación de octubre y noviembre, Desde ya muy agradecido y aprovecho para felicitarlos ya que los vengo siguiendo hace tiempo y muchas dudas fueron aclaradas por planteos de otros usuarios.
    Existe algun link para acceder directamente a las planillas excel para orientarnos respecto a las liquidaciones?
    gracias

  4. Hola Graciela
    En primer lugar, gracias por contestar.
    Veamos si entendí. A mi me corresponden 3 días de vacaciones en Enero. Hago sueldo dividido 25 x 3, ese resultado es lo que me corresponde por vacaciones. Perfecto, hasta ahí voy bien. Luego, cuando voy a calcular el sueldo de Enero para cobrar en Febrero, hago sueldo dividido 30 x 17 días que trabajé?
    Así es cómo debo calcularlo?
    Gracias por tu tiempo. Un saludo cordial.
    Fabiana

  5. Hola LILIANA:

    Si necesitas el trabajo y vas a un abogado o al sindicato, seguro te van a echar, depende de lo que quieras hacer? podes hacer una denuncia anonima en el ministerio de trabajo, AFIP o en el sindicato de empleados de comercio.
    gracias

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