La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio
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Hola Eduardo:
Fijate que tengo una planilla excel para liquidar diciembre, le tengo que corregir una cosa pero igual la podes usar ahora voay a tratar de corregirla BUSCALA con el buscador de la parte posterior de la pagina si no la encontras avisame
Hola Matias:
Empleado de comercio llevan el aguinaldo mejor sueldo remunerativo divido dos y luego los descuentos, y en el sobre con el cobro de diciembre un importe adiccional del 50% de la parte cobrada como NO REMUNERATIVO
Hola Adolfo:
Si decis qu ela categoría esta bien te deben asignar los aumentos del convenio tengo otras planilla mas actuales que este incluso esta la diciembre con la modificación de diciembre, la bajaste? te fue util? Los aumentos que consideres necesarios por tu desempeño laboral y eficiencia los tenes que pelear como aumentos personales que te reconozcan tu trabajo
graciela, buen día
tengo un sueldo remunerativo de $2.301,78 y no remunerativo de $ 809,01. me podras decir por favor cuanto es el aguinaldo de diciembre del 2008.
atte.
eduardo
graciela, buen día
me podras informar como se liquida el 50% del aumento del 20 %, porque en la ley figura, que tenes que sumar lo que cobraste hasta la fecha.
atte.
eduardo