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AFIP: Certificado de Transferencia de Automotores, CETA

Como ya hemos adelantado en enero de 2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, pondrá en marcha el nuevo Certificado de Transferencia de Automotores, CETA, que deberá utilizarse obligatoriamente al momento de vender un auto usado, con un fuerte control sobre la venta regulada por le Resolución General Nº 2.729, utilizando la herramienta online del organismo de control fiscal, donde el vendedor deberá obtener un certificado. En una primera instancia la AFIP a partir del 1º de enero de 2010 solamente será necesario operar para aquellas ventas de autos usados por un valor mayor a $50.000.- Luego se ira escalonando para transacciones de más de $40.000.- Finalizando en el mes de agosto de 2010 con aquellos cuyos valore supere3n […]

Como ya hemos adelantado en enero de 2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, pondrá en marcha el nuevo Certificado de Transferencia de Automotores, CETA, que deberá utilizarse obligatoriamente al momento de vender un auto usado, con un fuerte control sobre la venta regulada por le Resolución General Nº 2.729, utilizando la herramienta online del organismo de control fiscal, donde el vendedor deberá obtener un certificado.

En una primera instancia la AFIP a partir del 1º de enero de 2010 solamente será necesario operar para aquellas ventas de autos usados por un valor mayor a $50.000.- Luego se ira escalonando para transacciones de más de $40.000.- Finalizando en el mes de agosto de 2010 con aquellos cuyos valore supere3n los $30.000.-

Al momento de producirse la venta de autos usados cuyos valores alcancen las cifras mencionadas, el vendedor del vehículo deberá ingresar a la página Web del organismo con su clave fiscal y obtener el certificado donde se cargaran entre los datos personales y del auto los datos personales del comprador y el valor de la venta.

Al momento de realizar la transferencia los datos del CETA deberán obligatoriamente figurar en el formulario 08.

De realizarse la venta con intermediarios como por ejemplo los concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Moto vehículos Usados, estos son los responsables de la obtención del CETA, por lo que el titular del vehículo queda liberado de cumplir con esta obligación.

La AFIP pretende con esta herramienta online generar una mayor percepción de riesgo y un monitoreo permanente de la existencia de autos usados, ya que, según información de las Cámaras del sector, durante 2008 existieron transferencias de usados por aproximadamente 1.400.000 unidades. De la cuales según la AFIP la mitad fueron realizadas en negro.

La normativa establece que “las personas de existencia visible, las sucesiones indivisas y demás sujetos” estarán obligados a emitir el CETA cuando transfieran automotores y moto vehículos usados radicados en el país, de los cuales sean titulares de dominio.

Pero a diferencia de los autos, la venta de motos usadas no prevé un esquema gradual de implementación. Puntualmente, desde enero próximo se deberán informar todas las operaciones que superen los $8.000.-

Un modo de evitar que se informen valores menores a los reales, el vendedor deberá confrontar el monto de la operación con la tabla de valuaciones utilizada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, DNRNPAyCP, en ningún caso este podrá ser menor.

¿Qué pasos se debe seguir para obtener el CETA?

El vendedor deberá comunicar a la AFIP, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos de la operación:

  • Identificación del vehículo indicando número de dominio, marca, modelo, tipo y fábrica.
  • Monto de la transferencia.
  • Identificación de los transferentes y de los adquirentes:
  1. Nombre y apellido o denominación.
  2. Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, o Clave Única de Identificación Laboral, CUIL.
  3. Porcentaje de dominio objeto de la transferencia.
  • Consignar si se trata de transferencias preventivas.

El envío de dato se podrá realizar:

  • Mediante transferencia electrónica a través del sitio web de la AFIP. Ingresando con su CUIT y “Clave Fiscal” “Presentación de DDJJ y Pagos”
  • Mediante comunicación con el Centro de Información Telefónica (0800-999-2347) del fisco nacional.

De ambas manera, cuando finalice la transacción, el vendedor obtendrá el CETA. La norma agrega que el comprobante Web contendrá un código que deberá consignarse en el rubro “Observaciones” de la solicitud “Tipo 08 Contrato de Transferencia – Inscripción de Dominio”, “Tipo 15 Cesión de Derechos” o “Tipo 17 Inscripción Preventiva del dominio a favor de un Comerciante Habitualista en la Compraventa de Automotores”.

302 comentarios en “AFIP: Certificado de Transferencia de Automotores, CETA”

  1. HOLA , COMPRE UN AUTO CUYO VALOR ES MAS DE 30.000 PESOS TENGO UN 08 FIRMADO ,YO NO REALICE LA TRANSFERENCIA ,Y LO QUIERO VENDER ,EL
    FORMULARIO CETA SE LO TIENE QUE PEDIR EL NUEVO COMPRADOR AL TITULAR O LO TENGO QUE HACER YO ? Y EL FORMULARIO CETA VA A NOMBRE DEL NUEVO COMPRADOR ?

      1. hola yo compre un auto con el formulario a nombre de un tercero puedo transferir igual? o transfiere si o si el que figura en el formulario?. en caso de que yo transfiera puedo pedir el formulario ceta por segunda vez o se pide una vez sola? desde ya gracias….

      2. andrea

        El formulario CETA debe estar vendedor (titular del automovil) y comprador (el que va a poner el auto a su nombre) se puede hacer otro CETA pero aveces los titulares se niegan a hacer dos, por eso hay que ver bien el tema de papeles antes de comprar

  2. Hola Graciela, consulta, vivo en córdoba y necesito transferirle el auto a mi hermano, el auto es modelo 79, tengo que realizar el 08 pero después enviarlo a Bs As firmado, se puede hacer eso? y si es así, como consigo el formulario? yo no puedo viajar a buenos aires y mi hermano tampoco venir a córdoba. Desde ya muchas gracias.

    1. matias

      Tenes que ir al registro donde esta el legajo del auto y allí conseguis la documenaicón e información. Pregunta dedua patentes e infracción y como podes hacer

  3. El 27 /04/2015 vendí mi auto por $80.000 y se firmó Boleto de Compra Venta Automotor en escribanía. Yo ignoraba que debia tener previamente el CETA para incluirlo en el boleto y confie en la escribania. El comprador ( futuro revendedor del vehiculo ) dijo que en un par de dias me daba los datos de a quien lo vendia para hacer el CETA. Al no tener noticias de su parte el 13/05/2105 hice la denuncia de venta en el Registro del Automotor con el nombre de ese primer comprador.El 14/05 di la baja de la patente en la Municipalidad de Resistencia. Nunca recibi datos para hacer el CETA. Ahora 19 /08 el primer comprador me proporciona los datos de la persona a quien se lo vendió para que yo haga el CETA a nombre de este segundo. Es correcto ? CREO RECORDAR QUE EN EL REGISTRO AUTOMOTOR ME DIJERON QUE EL TENIA 90 DIAS PARA HACERLO y que me quedara tranquila. Agradeceré su pronta respuesta de ser posible para terminar con este odioso tema. No quisiera incurrir en un acto que me deje en falta frente a la AFIP. MUCHAS GRACIAS

    1. susana

      Sino haces el CETA nunca va a poder hacer la transferencia pero para estar segura que la hace decile que lo haces y lo llevas al registro cuando hace la transferencia

  4. Te queria consultar, mi madre, mi hermano y yo queremos vender el auto de mi padre que fallecio en 2013. La sucesion ya se hizo y se hicieron todos los tramites en el registro del automotor luego de la sucesion. Quedamos como los tres herederos como hacemos para vender el auto ? necesitamos tres formularios ceta o mi madre que es la que tiene mayor porcentaje del auto es la que deberia venderlo ? Por otra parte yo tengo un poder de mi hermano ya que vive en el extranjero. Como debemos proceder para vender el auto ? Agradezco tu atencion.

  5. hola yo vendi un auto y firme el cero ocho pero el vendedor anterior no firmo el ceta como hay que hacer para hacer una sola transferencia

    1. Adrian

      El CETA lo debe hacer el titular del vehículo o se ale anterior dueño y hace el CETA y firma 08

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