Como ya hemos adelantado en enero de 2010, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, pondrá en marcha el nuevo Certificado de Transferencia de Automotores, CETA, que deberá utilizarse obligatoriamente al momento de vender un auto usado, con un fuerte control sobre la venta regulada por le Resolución General Nº 2.729, utilizando la herramienta online del organismo de control fiscal, donde el vendedor deberá obtener un certificado.
En una primera instancia la AFIP a partir del 1º de enero de 2010 solamente será necesario operar para aquellas ventas de autos usados por un valor mayor a $50.000.- Luego se ira escalonando para transacciones de más de $40.000.- Finalizando en el mes de agosto de 2010 con aquellos cuyos valore supere3n los $30.000.-
Al momento de producirse la venta de autos usados cuyos valores alcancen las cifras mencionadas, el vendedor del vehículo deberá ingresar a la página Web del organismo con su clave fiscal y obtener el certificado donde se cargaran entre los datos personales y del auto los datos personales del comprador y el valor de la venta.
Al momento de realizar la transferencia los datos del CETA deberán obligatoriamente figurar en el formulario 08.
De realizarse la venta con intermediarios como por ejemplo los concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Moto vehículos Usados, estos son los responsables de la obtención del CETA, por lo que el titular del vehículo queda liberado de cumplir con esta obligación.
La AFIP pretende con esta herramienta online generar una mayor percepción de riesgo y un monitoreo permanente de la existencia de autos usados, ya que, según información de las Cámaras del sector, durante 2008 existieron transferencias de usados por aproximadamente 1.400.000 unidades. De la cuales según la AFIP la mitad fueron realizadas en negro.
La normativa establece que “las personas de existencia visible, las sucesiones indivisas y demás sujetos” estarán obligados a emitir el CETA cuando transfieran automotores y moto vehículos usados radicados en el país, de los cuales sean titulares de dominio.
Pero a diferencia de los autos, la venta de motos usadas no prevé un esquema gradual de implementación. Puntualmente, desde enero próximo se deberán informar todas las operaciones que superen los $8.000.-
Un modo de evitar que se informen valores menores a los reales, el vendedor deberá confrontar el monto de la operación con la tabla de valuaciones utilizada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, DNRNPAyCP, en ningún caso este podrá ser menor.
¿Qué pasos se debe seguir para obtener el CETA?
El vendedor deberá comunicar a la AFIP, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos de la operación:
- Identificación del vehículo indicando número de dominio, marca, modelo, tipo y fábrica.
- Monto de la transferencia.
- Identificación de los transferentes y de los adquirentes:
- Nombre y apellido o denominación.
- Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, o Clave Única de Identificación Laboral, CUIL.
- Porcentaje de dominio objeto de la transferencia.
- Consignar si se trata de transferencias preventivas.
El envío de dato se podrá realizar:
- Mediante transferencia electrónica a través del sitio web de la AFIP. Ingresando con su CUIT y “Clave Fiscal” “Presentación de DDJJ y Pagos”
- Mediante comunicación con el Centro de Información Telefónica (0800-999-2347) del fisco nacional.
De ambas manera, cuando finalice la transacción, el vendedor obtendrá el CETA. La norma agrega que el comprobante Web contendrá un código que deberá consignarse en el rubro “Observaciones” de la solicitud “Tipo 08 Contrato de Transferencia – Inscripción de Dominio”, “Tipo 15 Cesión de Derechos” o “Tipo 17 Inscripción Preventiva del dominio a favor de un Comerciante Habitualista en la Compraventa de Automotores”.
Buenas noches, hice la compra de un vehiculo pertunado por otro. Salto en el registro una deuda de patente. El titular dijkmque las pagaba, por eso no le habia emtregado el ceta. Ahora no quiere pagarlas, hasta que punto puedo negarle el ceta? El lo va a revender el auto que le deje y esperaba pasarme el los datos del comprador. YO no quiero hacer el ceta si no paga esa deuda.
Pablo aparentemente por lo que decis todo fue de palabra no en un boleto? sino hay acuerdo la deuda de patentes son del dueño pero vos hiciste denuncia de venta? si haces el CETA ahora y tiene mas deuda vos sos responsable también, que papel tenes como que lo vendiste?? Hay que ver bien la situación, denuncia de venta se hace en el registro y en ARBA
hola buenas tardes queria preguntar que pasa ejemplo un ceta declaro menos de lo que me lo valúa la afip una camioneta de 240.000 le pongo valor menor 200000 sirve igual el ceta ??
Susana el CETA sirve igual
Hola yo vendí una ecosport 2004 el Señor al que le Vendi me pidió que ponga 50Mil. Por la venta de la Camioneta .en 100.Mil Me dijo que es para que no le salga tanto la transferencia.Yo no entiendo Nada de papeles casi no tengo Escuela .me dijeron que eso no tiene nada que ver que eso tiene que ser por tabla o algo así…Mi pregunta es si Yo puedo tener problema…Que es lo que más estoy teniendo últimamente Hasta con mi pobre Viejito con ACB…Gracias si alguien puede aconsejarme.José
jose es así valores rtansferencia va por tabla, aveces se puede poner un poco menos pero no mucho, además tenes el boleto de compra por el valor real
hola yo entregue mi auto en una consecionaria y saque 2 por ese valor, resulta q ninguno de los 2 anduvieron como me habian asegurado q andaban. ya hechas las transferencias de ambos a mi nombre voy de nuevo a la agencia y les exijo q me devuelvan el mio y se quedan con los 2 q me dieron. ahora la cuestion es q segun la afip yo tengo 3 autos a mi nombre!!! q puedo hacer para q esos autos no me generen gastos de patentes e impuestos ya q yo no los uso. y sobre todo desligarme de esos autos en rentas y afip. q queden como entregedos en una agencia y yo quedar liberada. gracias.
hola en la consulta anterior me exprese mal,ja , el 08 esta firmado x el titular y su coyugue antes de q existiera el formulario ceta ,el titular fallecio ,ahora la señora quiere vender,puede ella sacar el ceta? muchas gracias .,DORA