Conceptos incluidos:
- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social sus actualizaciones, intereses y multas, cuyos vencimientos se hayan producido hasta el 31 de octubre de 2009, inclusive, y correspondan a los períodos fiscales 2008 y 2009.
- Multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación, sus actualizaciones e intereses, correspondientes a operaciones realizadas e infracciones cometidas hasta el 31 de octubre de 2009, inclusive.
Los anticipos en un primer momento se encontraban excluidos del plan, pero a las pocas horas de la publicación en el Boletín Oficial, el titular de la AFIP,manifestó que quedaban incluidos, con la aclaración que el los anticipos del Impuesto a las Ganancias 2009 están incluidos pero no podrán pagarse en cuotas, solamente se podrán pagar hasta el momento de la presentación de la Declaración Jurada Anual
Las condiciones, requisitos y formalidades son:
- Numero de cuotas permitidas para el plan:
- Acogimiento del plan durante el mes de diciembre de 2009 de hasta 24 cuotas
- Acogimiento del plan durante enero de 2010 de hasta 23 cuotas.
- Acogimiento del plan durante y hasta el 28 de febrero, fecha de vencimiento, de hasta 22 cuotas.
- Tasa mensual del financiamiento del 0.8%
- Las cuotas serán mensuales, iguales (en cuanto al capital a cancelar), consecutivas y el monto de cada una (excluidos los intereses de financiamiento) deberá ser igual o superior a $ 150.
- La solicitud de adhesión podrá formalizarse hasta la hora 24 del último día del mes que, para cada caso, tomando la cantidad de cuotas que correspondan.
- La adhesión al plan de facilidades se podrá solicitar por única vez respecto de cada obligación ingresando por Internet con “Clave Fiscal” al servicio “Mis Facilidades” a la opción «Plan Especial – deuda al 31 de octubre de 2009» del servicio «Mis Facilidades».
Fuente AFIP
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